Llevo poco en este foro, pero me temo que has provocado la hinchazón de más de una vena... y como sigas así a alguien le va a dar algo si no detallas, con precisión meridiana, no sé qué derechos recortados a no sé quienes en ya me importa menos que nada la Comunidad que sea.Ver citas anterioresEdison escribió: ↑16 May 2024 08:26 Es que al defensor del pueblo debe sobrarle mucho tiempo. Mira que ir a fijarse en el "inciso del artículo 14.2, letra b), de la Ley 2/2016, de 29 de marzo, de identidad y expresión de género e igualdad social y no discriminación de la Comunidad de Madrid, reformado por el artículo único, numeral doce, de la Ley 17/2023, de 27 de diciembre".
Porque a estas alturas no vamos a poner el Boletin Oficial de la comunidad de Madrid, del 29 de diciembre página 1000, que menciona como "requisito necesario" los "profesionales de salud mental infanto-juvenil". Se empieza así y se acaba con los loqueros. O con una suscripción al "Repertorio de jurisprudencia Aranzadi", un verdadero coñazo.
Huy, no había visto que también ha suprimido el artículo 24 sobre planes y contenidos educativos. Y alguna cosilla más ha eliminado o modificado, pero no vamos a repasar toda la letra pequeña. Quien quiera puede buscarlo, está en "Análisis":
LEY 17/2023, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/2016, de 29 de marzo, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad de Madrid.
Saludos.