
https://www.elplural.com/economia/lavad ... _266643102
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3.2 Complementos de tarifa. Discriminación horaria.
El complemento de discriminación horaria, que será aplicado exclusivamente sobre la parte correspondiente al término de energía, estará constituido por los recargos o descuentos que se detallan a continuación:
3.2.1 Sistema general.
Será aplicable a las tarifas 3.0, 4.0 y R.0, de baja tensión y a todas las de alta tensión.
La instalación de contadores de tarifa múltiple será potestativa para los abonados que tengan contratadas potencias no superiores a 50 KW, y obligatoria para los que tengan contratada una potencia superior a 50 KW.
Todos los abonados que no tengan instalados contadores con discriminación horaria abonarán un recargo, por este concepto, del 20 por 100 sobre su término de energía.
Las Empresas suministradoras están también facultadas para instalar contadores de tarifa múltiple a los abonados de más de 50 KW de potencia que no lo hubieran instalado por su cuenta, cargándoles los gastos de instalación y alquiler que autorice la Dirección General de la Energía.
3.2.1.1 Períodos horarios y zonas de aplicación.
Se establecen dos tipos de períodos horarios.
Tipo A
Se considerarán, para todos los días de la semana, los períodos horarios siguientes:
Punta 4 horas
Llano 12 horas
Valle 8 horas
Tipo B
Los abonados que tengan instalados contadores adecuados para ello podrán optar por la discriminación horaria siguiente:
Punta 6 horas en día laborable
Llano 10 horas en día laborable
Valle 8 horas en día laborable y 24 horas en sábado y festivo de ámbito nacional.
Para la aplicación de este segundo tipo de discriminación horaria no será obligatorio que el equipo de medida discrimine todos los días festivos de ámbito nacional.
Las zonas en que se divide el sector eléctrico, a efectos de aplicación de discriminación horaria, serán las relacionadas a continuación e incluyen las provincias que se indican:
Zona número 1: Madrid, Toledo, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Segovia y Avila.
Zona número 2: Alava, Guipúzcoa, Vizcaya, Navarra, Burgos, La Rioja, Palencia, Soria, Valladolid, León, Zamora, Salamanca y Cáceres.
Zona número 3: Huesca, Zaragoza y Teruel.
Zona número 4: Barcelona, Tarragona, Lérida y Gerona.
Zona número 5: Castellón, Valencia, Alicante, Albacete y Murcia.
Zona número 6: Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, Sevilla y Badajoz.
Zona número 7: La Coruña, Lugo, Orense y Pontevedra.
Zona número 8: Asturias.
Zona número 9: Cantabria.
Zona número 10: Baleares (con dos sectores).
Zona número 11: Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas.
Las horas aplicables como de punta, llano y valle en las distintas zonas serán las siguientes:
* Discriminación horaria tipo A *
* Invierno * Verano *
...
El cambio de horario de invierno a verano coincidirá con la fecha del cambio oficial de hora.
Yo creo que tengo energia gratis de 11 a 13, así lo acordamos con la compañía..Ver citas anterioresEdison escribió: ↑24 May 2021 07:45 Es lo que ha habido siempre, sólo que antes se aplicaba solo al consumidor industrial y aún es/era más complicado. Y ha existido en todo el mundo desde que hay contadores con discriminación horaria, se debe a que las centrales grandes no pueden ponerse en marcha y parar cuando más conviene. Otra cosa es que el precio del kWh resulte más o menos razonable, pero si solo lo utilizas para iluminar aún sale barato (gracias a los LED).
Para el pequeño consumidor sin discriminación horaria se aplicaba siempre una tarifa más cara y a tirar millas. Esto es de 1983, pero lo he escogido al azar; podría poner cualquier otro año cuando las tarifas se fijaban en el BOE:
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1983-27706Ver citas anteriores...
3.2 Complementos de tarifa. Discriminación horaria.
El complemento de discriminación horaria, que será aplicado exclusivamente sobre la parte correspondiente al término de energía, estará constituido por los recargos o descuentos que se detallan a continuación:
3.2.1 Sistema general.
Será aplicable a las tarifas 3.0, 4.0 y R.0, de baja tensión y a todas las de alta tensión.
La instalación de contadores de tarifa múltiple será potestativa para los abonados que tengan contratadas potencias no superiores a 50 KW, y obligatoria para los que tengan contratada una potencia superior a 50 KW.
Todos los abonados que no tengan instalados contadores con discriminación horaria abonarán un recargo, por este concepto, del 20 por 100 sobre su término de energía.
Las Empresas suministradoras están también facultadas para instalar contadores de tarifa múltiple a los abonados de más de 50 KW de potencia que no lo hubieran instalado por su cuenta, cargándoles los gastos de instalación y alquiler que autorice la Dirección General de la Energía.
3.2.1.1 Períodos horarios y zonas de aplicación.
Se establecen dos tipos de períodos horarios.
Tipo A
Se considerarán, para todos los días de la semana, los períodos horarios siguientes:
Punta 4 horas
Llano 12 horas
Valle 8 horas
Tipo B
Los abonados que tengan instalados contadores adecuados para ello podrán optar por la discriminación horaria siguiente:
Punta 6 horas en día laborable
Llano 10 horas en día laborable
Valle 8 horas en día laborable y 24 horas en sábado y festivo de ámbito nacional.
Para la aplicación de este segundo tipo de discriminación horaria no será obligatorio que el equipo de medida discrimine todos los días festivos de ámbito nacional.
Las zonas en que se divide el sector eléctrico, a efectos de aplicación de discriminación horaria, serán las relacionadas a continuación e incluyen las provincias que se indican:
Zona número 1: Madrid, Toledo, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Segovia y Avila.
Zona número 2: Alava, Guipúzcoa, Vizcaya, Navarra, Burgos, La Rioja, Palencia, Soria, Valladolid, León, Zamora, Salamanca y Cáceres.
Zona número 3: Huesca, Zaragoza y Teruel.
Zona número 4: Barcelona, Tarragona, Lérida y Gerona.
Zona número 5: Castellón, Valencia, Alicante, Albacete y Murcia.
Zona número 6: Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, Sevilla y Badajoz.
Zona número 7: La Coruña, Lugo, Orense y Pontevedra.
Zona número 8: Asturias.
Zona número 9: Cantabria.
Zona número 10: Baleares (con dos sectores).
Zona número 11: Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas.
Las horas aplicables como de punta, llano y valle en las distintas zonas serán las siguientes:
* Discriminación horaria tipo A *
* Invierno * Verano *
...
El cambio de horario de invierno a verano coincidirá con la fecha del cambio oficial de hora.
Llame a su compañía, yo he hablado con la mía y ahora mismo a una semana del día 1 no tienen tarifas, ni horarios ni nada..Ver citas anterioresEl Sopapo escribió: ↑24 May 2021 09:43Yo creo que tengo energia gratis de 11 a 13, así lo acordamos con la compañía..Ver citas anterioresEdison escribió: ↑24 May 2021 07:45 Es lo que ha habido siempre, sólo que antes se aplicaba solo al consumidor industrial y aún es/era más complicado. Y ha existido en todo el mundo desde que hay contadores con discriminación horaria, se debe a que las centrales grandes no pueden ponerse en marcha y parar cuando más conviene. Otra cosa es que el precio del kWh resulte más o menos razonable, pero si solo lo utilizas para iluminar aún sale barato (gracias a los LED).
Para el pequeño consumidor sin discriminación horaria se aplicaba siempre una tarifa más cara y a tirar millas. Esto es de 1983, pero lo he escogido al azar; podría poner cualquier otro año cuando las tarifas se fijaban en el BOE:
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1983-27706Ver citas anteriores...
3.2 Complementos de tarifa. Discriminación horaria.
El complemento de discriminación horaria, que será aplicado exclusivamente sobre la parte correspondiente al término de energía, estará constituido por los recargos o descuentos que se detallan a continuación:
3.2.1 Sistema general.
Será aplicable a las tarifas 3.0, 4.0 y R.0, de baja tensión y a todas las de alta tensión.
La instalación de contadores de tarifa múltiple será potestativa para los abonados que tengan contratadas potencias no superiores a 50 KW, y obligatoria para los que tengan contratada una potencia superior a 50 KW.
Todos los abonados que no tengan instalados contadores con discriminación horaria abonarán un recargo, por este concepto, del 20 por 100 sobre su término de energía.
Las Empresas suministradoras están también facultadas para instalar contadores de tarifa múltiple a los abonados de más de 50 KW de potencia que no lo hubieran instalado por su cuenta, cargándoles los gastos de instalación y alquiler que autorice la Dirección General de la Energía.
3.2.1.1 Períodos horarios y zonas de aplicación.
Se establecen dos tipos de períodos horarios.
Tipo A
Se considerarán, para todos los días de la semana, los períodos horarios siguientes:
Punta 4 horas
Llano 12 horas
Valle 8 horas
Tipo B
Los abonados que tengan instalados contadores adecuados para ello podrán optar por la discriminación horaria siguiente:
Punta 6 horas en día laborable
Llano 10 horas en día laborable
Valle 8 horas en día laborable y 24 horas en sábado y festivo de ámbito nacional.
Para la aplicación de este segundo tipo de discriminación horaria no será obligatorio que el equipo de medida discrimine todos los días festivos de ámbito nacional.
Las zonas en que se divide el sector eléctrico, a efectos de aplicación de discriminación horaria, serán las relacionadas a continuación e incluyen las provincias que se indican:
Zona número 1: Madrid, Toledo, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Segovia y Avila.
Zona número 2: Alava, Guipúzcoa, Vizcaya, Navarra, Burgos, La Rioja, Palencia, Soria, Valladolid, León, Zamora, Salamanca y Cáceres.
Zona número 3: Huesca, Zaragoza y Teruel.
Zona número 4: Barcelona, Tarragona, Lérida y Gerona.
Zona número 5: Castellón, Valencia, Alicante, Albacete y Murcia.
Zona número 6: Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, Sevilla y Badajoz.
Zona número 7: La Coruña, Lugo, Orense y Pontevedra.
Zona número 8: Asturias.
Zona número 9: Cantabria.
Zona número 10: Baleares (con dos sectores).
Zona número 11: Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas.
Las horas aplicables como de punta, llano y valle en las distintas zonas serán las siguientes:
* Discriminación horaria tipo A *
* Invierno * Verano *
...
El cambio de horario de invierno a verano coincidirá con la fecha del cambio oficial de hora.
¿Me cambiara algo?
Saludos
Tranquilo, que esto es el chocolate del loro. A nivel doméstico la parte del león es calefacción y aire acondicionado. Y para muchísima gente el término de potencia, no pagan por lo que consumen sino por la potencia contratada. Eso significa que pagan por el derecho a consumir mucho durante poco tiempo, aunque no lo hagan.
Tranquilo que dentro de poco tendremos tantas centrales nucleares que podra utilizar esas maquinas cuando le de la gana, como hasta ahora.
Ojo con las placas fotovoltaicas, que su vida no es muy larga y segun dicen los expertos, nunca darán mas energía en toda su ciclo de vida que la necesaria para construirlas. Ademas que su proceso de fabricación es super contaminante.Ver citas anterioresChato escribió: ↑24 May 2021 20:56 La medida va dirigida a que se desincentive el consumo en las horas de mayor demanda y desviarlo a horas de menos demanda. En principio es una buena medida desde el punto de vista técnico pero puede tener al menos u par de pegas.
Por un lado puede ser una medida regresiva pues favorecerá a quien pueda permitirse la instalación de sistemas fotovoltaicos de autoconsumo o disponga de coche eléctrico. En cambio perjudicará a quien no pueda cambiar sus hábitos de consumo como pueden ser las familias con hijos que no pueden esperar a al fin de semana o la madrugada para poner lavadoras o bañar a los niños.
Además las horas de mayor demanda también son las horas de mayor generación renovable. A medida que van penetrando las renovables en mayor medida(sobre todo fotovoltaica) deberían adaptar los horarios a las horas e generación solar que coincidan con las horas más caras de las nuevas tarifas.
No creo que sea el acabo aunque si que habrá consumidores que se vean perjudicados. Si realmente quieren bajar el precio las medidas irán por otro lado. Esto es más una medida técnica.
Gracias por su consejo.Ver citas anterioresLady_Sith escribió: ↑24 May 2021 20:30Llame a su compañía, yo he hablado con la mía y ahora mismo a una semana del día 1 no tienen tarifas, ni horarios ni nada..Ver citas anterioresEl Sopapo escribió: ↑24 May 2021 09:43Yo creo que tengo energia gratis de 11 a 13, así lo acordamos con la compañía..Ver citas anterioresEdison escribió: ↑24 May 2021 07:45 Es lo que ha habido siempre, sólo que antes se aplicaba solo al consumidor industrial y aún es/era más complicado. Y ha existido en todo el mundo desde que hay contadores con discriminación horaria, se debe a que las centrales grandes no pueden ponerse en marcha y parar cuando más conviene. Otra cosa es que el precio del kWh resulte más o menos razonable, pero si solo lo utilizas para iluminar aún sale barato (gracias a los LED).
Para el pequeño consumidor sin discriminación horaria se aplicaba siempre una tarifa más cara y a tirar millas. Esto es de 1983, pero lo he escogido al azar; podría poner cualquier otro año cuando las tarifas se fijaban en el BOE:
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1983-27706Ver citas anteriores...
3.2 Complementos de tarifa. Discriminación horaria.
El complemento de discriminación horaria, que será aplicado exclusivamente sobre la parte correspondiente al término de energía, estará constituido por los recargos o descuentos que se detallan a continuación:
3.2.1 Sistema general.
Será aplicable a las tarifas 3.0, 4.0 y R.0, de baja tensión y a todas las de alta tensión.
La instalación de contadores de tarifa múltiple será potestativa para los abonados que tengan contratadas potencias no superiores a 50 KW, y obligatoria para los que tengan contratada una potencia superior a 50 KW.
Todos los abonados que no tengan instalados contadores con discriminación horaria abonarán un recargo, por este concepto, del 20 por 100 sobre su término de energía.
Las Empresas suministradoras están también facultadas para instalar contadores de tarifa múltiple a los abonados de más de 50 KW de potencia que no lo hubieran instalado por su cuenta, cargándoles los gastos de instalación y alquiler que autorice la Dirección General de la Energía.
3.2.1.1 Períodos horarios y zonas de aplicación.
Se establecen dos tipos de períodos horarios.
Tipo A
Se considerarán, para todos los días de la semana, los períodos horarios siguientes:
Punta 4 horas
Llano 12 horas
Valle 8 horas
Tipo B
Los abonados que tengan instalados contadores adecuados para ello podrán optar por la discriminación horaria siguiente:
Punta 6 horas en día laborable
Llano 10 horas en día laborable
Valle 8 horas en día laborable y 24 horas en sábado y festivo de ámbito nacional.
Para la aplicación de este segundo tipo de discriminación horaria no será obligatorio que el equipo de medida discrimine todos los días festivos de ámbito nacional.
Las zonas en que se divide el sector eléctrico, a efectos de aplicación de discriminación horaria, serán las relacionadas a continuación e incluyen las provincias que se indican:
Zona número 1: Madrid, Toledo, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Segovia y Avila.
Zona número 2: Alava, Guipúzcoa, Vizcaya, Navarra, Burgos, La Rioja, Palencia, Soria, Valladolid, León, Zamora, Salamanca y Cáceres.
Zona número 3: Huesca, Zaragoza y Teruel.
Zona número 4: Barcelona, Tarragona, Lérida y Gerona.
Zona número 5: Castellón, Valencia, Alicante, Albacete y Murcia.
Zona número 6: Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, Sevilla y Badajoz.
Zona número 7: La Coruña, Lugo, Orense y Pontevedra.
Zona número 8: Asturias.
Zona número 9: Cantabria.
Zona número 10: Baleares (con dos sectores).
Zona número 11: Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas.
Las horas aplicables como de punta, llano y valle en las distintas zonas serán las siguientes:
* Discriminación horaria tipo A *
* Invierno * Verano *
...
El cambio de horario de invierno a verano coincidirá con la fecha del cambio oficial de hora.
¿Me cambiara algo?
Saludos
¿Quién ha dicho que yo hable por mí? La ventaja de ser 2 personas en mi casa es que puedo permitirme lavar el fin de semana y no preciso usar el lavavajillas mas que una vez por semana. Eso no me impide ver la problemática de algo así para las familias.Ver citas anterioresEl Sopapo escribió: ↑25 May 2021 10:40Tranquilo que dentro de poco tendremos tantas centrales nucleares que podra utilizar esas maquinas cuando le de la gana, como hasta ahora.
Pero de momento si pensamos cargar millones de coches eléctrico cada día, con lo que tenemos no hay para todo.
El estado debería recuperar las compañias eléctricas, son de un claro interes general. Y ante lo que se avecina no deberia permitir que alguien hiciera negocio y ademas abusara.
Pues entonces hablara por otros, que mas dará.Ver citas anterioresSanTelmo escribió: ↑25 May 2021 10:56¿Quién ha dicho que yo hable por mí? La ventaja de ser 2 personas en mi casa es que puedo permitirme lavar el fin de semana y no preciso usar el lavavajillas mas que una vez por semana. Eso no me impide ver la problemática de algo así para las familias.Ver citas anterioresEl Sopapo escribió: ↑25 May 2021 10:40Tranquilo que dentro de poco tendremos tantas centrales nucleares que podra utilizar esas maquinas cuando le de la gana, como hasta ahora.
Pero de momento si pensamos cargar millones de coches eléctrico cada día, con lo que tenemos no hay para todo.
El estado debería recuperar las compañias eléctricas, son de un claro interes general. Y ante lo que se avecina no deberia permitir que alguien hiciera negocio y ademas abusara.
¿Ah que si hablo por otros da igual? Interesante punto de vista.Ver citas anterioresEl Sopapo escribió: ↑25 May 2021 10:59Pues entonces hablara por otros, que mas dará.Ver citas anterioresSanTelmo escribió: ↑25 May 2021 10:56¿Quién ha dicho que yo hable por mí? La ventaja de ser 2 personas en mi casa es que puedo permitirme lavar el fin de semana y no preciso usar el lavavajillas mas que una vez por semana. Eso no me impide ver la problemática de algo así para las familias.Ver citas anterioresEl Sopapo escribió: ↑25 May 2021 10:40Tranquilo que dentro de poco tendremos tantas centrales nucleares que podra utilizar esas maquinas cuando le de la gana, como hasta ahora.
Pero de momento si pensamos cargar millones de coches eléctrico cada día, con lo que tenemos no hay para todo.
El estado debería recuperar las compañias eléctricas, son de un claro interes general. Y ante lo que se avecina no deberia permitir que alguien hiciera negocio y ademas abusara.
No da igual, lo que da igual es su caso particular.Ver citas anterioresSanTelmo escribió: ↑25 May 2021 11:09¿Ah que si hablo por otros da igual? Interesante punto de vista.Ver citas anterioresEl Sopapo escribió: ↑25 May 2021 10:59Pues entonces hablara por otros, que mas dará.Ver citas anterioresSanTelmo escribió: ↑25 May 2021 10:56¿Quién ha dicho que yo hable por mí? La ventaja de ser 2 personas en mi casa es que puedo permitirme lavar el fin de semana y no preciso usar el lavavajillas mas que una vez por semana. Eso no me impide ver la problemática de algo así para las familias.Ver citas anterioresEl Sopapo escribió: ↑25 May 2021 10:40
Tranquilo que dentro de poco tendremos tantas centrales nucleares que podra utilizar esas maquinas cuando le de la gana, como hasta ahora.
Pero de momento si pensamos cargar millones de coches eléctrico cada día, con lo que tenemos no hay para todo.
El estado debería recuperar las compañias eléctricas, son de un claro interes general. Y ante lo que se avecina no deberia permitir que alguien hiciera negocio y ademas abusara.
¿Qué expertos dicen eso?
¿Y qué ley o norma prohíbe eso?Ver citas anterioresEl Sopapo escribió: ↑25 May 2021 10:50En muchos países es legal instalar un modulo eléctronico que controla tu generación propia con la acometida eléctrica, en España esta prohibido.
Es decir, tu montas tus sistemas de generación, los conectas a ese modulo y el sólito se encarga de decidir, si estas generando sin consumir se va para la red eléctrica, y la compañía te lo descuenta de la factura total. Sino generas y consumes pues pagas lo normal.
En España no se pueden instalar sistemas libres que entreguen energía a la red. Y hoy en día con los contadores inteligentes seria de lo mas fácil.Ver citas anterioresChato escribió: ↑25 May 2021 14:55¿Qué expertos dicen eso?
¿Y qué ley o norma prohíbe eso?Ver citas anterioresEl Sopapo escribió: ↑25 May 2021 10:50En muchos países es legal instalar un modulo eléctronico que controla tu generación propia con la acometida eléctrica, en España esta prohibido.
Es decir, tu montas tus sistemas de generación, los conectas a ese modulo y el sólito se encarga de decidir, si estas generando sin consumir se va para la red eléctrica, y la compañía te lo descuenta de la factura total. Sino generas y consumes pues pagas lo normal.
Ni combustibles fósiles, ni nuclear, ni fotovoltaica (además con con argumentos no muy creíbles). Si tu propuesta es tener a un ciclista en casa dando pedales quizás no nos lo podamos permitir sin volver a permitir la esclavitud.
Wuenas.Ver citas anterioresEdison escribió: ↑25 May 2021 15:18 Una cosa es utilizar la radiación solar para calentar, lo que también puede servir para producir energía eléctrica: https://es.wikipedia.org/wiki/Central_t ... mica_solar , https://es.wikipedia.org/wiki/Energ%C3% ... C3%A9rmica
... y otra usar paneles fotovoltaicos. Actualmente si que se obtiene más energía de la que se necesita para fabricarlos, pero su vida no es eterna y es otra fuente más de contaminación. Y no solo en China: https://elpais.com/ciencia/2021-03-29/u ... cadas.html
Lo del "impuesto al sol" del PP, es otro tema. Mejor no mezclar churras con merinas: https://selectra.es/autoconsumo/info/no ... puesto-sol
Te venden kits fotovoltaicos hasta en Ikea. Su montaje no es muy complicado. Mi hermana y su marido que es un poco manitas pero no tiene muchos conocimientos sobre electricidad se acaban de montar uno en una autocaravana.Ver citas anterioresLos sistemas fotovoltaicos son complicados, primero las placas solares, un buen regulador, después unas baterias bien gordas y despues un convertidor dc/ac.
Es mas economico y tiene mas rendimiento un molino de viento que genere electricidad. Incluso se puede encontrar alguno que entrega directamente 220 vac sin necesidad de baterías, ni convertidor.