Está hablando ahora. A saber.
Dice que perimetra pero sólo si es por días.

Lo dicho, las dos Castillas cierran hasta el día 9 de noviembre y Madrid cierra pero va a intentar que sea por días sueltos.
Está hablando ahora. A saber.
Esa tía está como una puta cabra. El miércoles no que hay mercadito y los fines de semana tampoco, que rule el virus.
Es que es todo demencial se estan cargando la economia sin solucionar nada, si se hace medias te cargas la economia y no paras el virus. Toque de queda para que la gente se arrejunte antes, cuando el confinamiento menos trenes para que la gente se arrejuntase, ahora Madrid que se cierra pero por dias sueltos, se cierra todo pero que nos traigan el virus de fuera otra vez sin control los alemanes y todo el mundo se pasa una bola unos a otros. Quieren dar la sensacion de tomar medidas fuertes, pero sin tomar medidas fuertes eficaces, quieren salvar el turismo pero se estan cargando la economia. No hay nadie al volante, no hay plan, el unico plan es la encuesta politica. Italia, ojo, Italia esta dando una leccion a Europa.Ver citas anterioresKalea escribió: ↑29 Oct 2020 00:08Esa tía está como una puta cabra. El miércoles no que hay mercadito y los fines de semana tampoco, que rule el virus.
Esa camara termografica que aqui esta en todos los centro comerciales deberia ser algo basico. De nada sirve hacer confinamiento si vuelves a traer el virus una y otra vez. No se, parece algo bastante evidente.Ver citas anterioresEdison escribió: ↑28 Oct 2020 16:46 Bueno, si el control visual es con una cámara termográfíca, es tan eficaz como usar un termómetro rectal (y mucho menos invasivo).
Y tampoco los alemanes obligan a hacerse la prueba a los que vienen de Canarias.
Alemania y Reino Unido levantan las restricciones de viaje a Canarias tras excluirla como zona de riesgo COVID
Así son las medidas en los aeropuertos europeos tras la apertura
De todos modos el control en los aeropuertos habría sido eficaz cuando el virus aún estaba fuera. Porque a estas alturas ya hay muchos más contagios en el metro, en el autobús o en la cola del pan.
Esta siendo lamentable.Ver citas anterioresHadouken escribió: ↑29 Oct 2020 05:06Es que es todo demencial se estan cargando la economia sin solucionar nada, si se hace medias te cargas la economia y no paras el virus. Toque de queda para que la gente se arrejunte antes, cuando el confinamiento menos trenes para que la gente se arrejuntase, ahora Madrid que se cierra pero por dias sueltos, se cierra todo pero que nos traigan el virus de fuera otra vez sin control los alemanes y todo el mundo se pasa una bola unos a otros. Quieren dar la sensacion de tomar medidas fuertes, pero sin tomar medidas fuertes eficaces, quieren salvar el turismo pero se estan cargando la economia. No hay nadie al volante, no hay plan, el unico plan es la encuesta politica. Italia, ojo, Italia esta dando una leccion a Europa.Ver citas anterioresKalea escribió: ↑29 Oct 2020 00:08Esa tía está como una puta cabra. El miércoles no que hay mercadito y los fines de semana tampoco, que rule el virus.
La culpa no es de ella, sino de sus víctimas. Sus votantes, para ser más específico.Ver citas anterioresKalea escribió: ↑29 Oct 2020 00:08Esa tía está como una puta cabra. El miércoles no que hay mercadito y los fines de semana tampoco, que rule el virus.
Lo sé, lo sé, y en este momento no quieras saber cómo me alegraría de que fueran ellos los que pillaran el covid, todos ellos, los únicos, los solo, porque hay que joderse con tanto voto irresponsable. Que ya sé también que los políticos tienen esa virtud de decir una cosa y hacer la contraria sin despeinarse pero a esta tipa se la ve inestable mental de lejos.Ver citas anterioreslabora-t escribió: ↑29 Oct 2020 09:32La culpa no es de ella, sino de sus víctimas. Sus votantes, para ser más específico.Ver citas anterioresKalea escribió: ↑29 Oct 2020 00:08Esa tía está como una puta cabra. El miércoles no que hay mercadito y los fines de semana tampoco, que rule el virus.
Declarar el estado de alarma por 6 meses sin ser ratificado cada 15 dias por el congreso es contrario al articulo 116 punto 2 de la constitución.
Ver citas anterioresCuentame escribió: ↑29 Oct 2020 20:07Declarar el estado de alarma por 6 meses sin ser ratificado cada 15 dias por el congreso es contrario al articulo 116 punto 2 de la constitución.
La Constitución española de 1978.
Título V. De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales
Ver sinopsis
Artículo 116
Una ley orgánica regulará los estados de alarma, de excepción y de sitio, y las competencias y limitaciones correspondientes.
El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración.
El estado de excepción será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros, previa autorización del Congreso de los Diputados. La autorización y proclamación del estado de excepción deberá determinar expresamente los efectos del mismo, el ámbito territorial a que se extiende y su duración, que no podrá exceder de treinta días, prorrogables por otro plazo igual, con los mismos requisitos.
El estado de sitio será declarado por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, a propuesta exclusiva del Gobierno. El Congreso determinará su ámbito territorial, duración y condiciones.
No podrá procederse a la disolución del Congreso mientras estén declarados algunos de los estados comprendidos en el presente artículo, quedando automáticamente convocadas las Cámaras si no estuvieren en período de sesiones. Su funcionamiento, así como el de los demás poderes constitucionales del Estado, no podrán interrumpirse durante la vigencia de estos estados.
Disuelto el Congreso o expirado su mandato, si se produjere alguna de las situaciones que dan lugar a cualquiera de dichos estados, las competencias del Congreso serán asumidas por su Diputación Permanente.
La declaración de los estados de alarma, de excepción y de sitio no modificarán el principio de responsabilidad del Gobierno y de sus agentes reconocidos en la Constitución y en las leyes.
Yo me he limitado a copiar y pegar lo que la constitución dice del estado de alarma, no creo que dicho parrafo necesite ni de interpretación ni de mayor explicación para su comprensión.Ver citas anterioresEl Sopapo escribió: ↑30 Oct 2020 16:03Ver citas anterioresCuentame escribió: ↑29 Oct 2020 20:07Declarar el estado de alarma por 6 meses sin ser ratificado cada 15 dias por el congreso es contrario al articulo 116 punto 2 de la constitución.
La Constitución española de 1978.
Título V. De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales
Ver sinopsis
Artículo 116
Una ley orgánica regulará los estados de alarma, de excepción y de sitio, y las competencias y limitaciones correspondientes.
El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración.
El estado de excepción será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros, previa autorización del Congreso de los Diputados. La autorización y proclamación del estado de excepción deberá determinar expresamente los efectos del mismo, el ámbito territorial a que se extiende y su duración, que no podrá exceder de treinta días, prorrogables por otro plazo igual, con los mismos requisitos.
El estado de sitio será declarado por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, a propuesta exclusiva del Gobierno. El Congreso determinará su ámbito territorial, duración y condiciones.
No podrá procederse a la disolución del Congreso mientras estén declarados algunos de los estados comprendidos en el presente artículo, quedando automáticamente convocadas las Cámaras si no estuvieren en período de sesiones. Su funcionamiento, así como el de los demás poderes constitucionales del Estado, no podrán interrumpirse durante la vigencia de estos estados.
Disuelto el Congreso o expirado su mandato, si se produjere alguna de las situaciones que dan lugar a cualquiera de dichos estados, las competencias del Congreso serán asumidas por su Diputación Permanente.
La declaración de los estados de alarma, de excepción y de sitio no modificarán el principio de responsabilidad del Gobierno y de sus agentes reconocidos en la Constitución y en las leyes.
Mala educación constitucional
La cúpula del PP se empeña en repetir que la propuesta del Gobierno de que la declaración del estado de alarma se extienda durante seis meses supone un intento por parte del Presidente del Gobierno de "eximirse del control parlamentario". ¿Puede un partido que presume de "constitucionalista" desconocer de manera tan palmaria lo que la propia Constitución dice?
Empieza a resultar desesperante la incapacidad de los máximos dirigentes del PP para entender conceptos elementales de nuestro ordenamiento constitucional. Una y otra vez se empeñan en las sesiones de control parlamentario del Gobierno de los miércoles en poner en circulación opiniones constitucionalmente disparatadas, que ponen de manifiesto un desconocimiento inexplicable de las bases en las que descansa nuestro ordenamiento constitucional.
En la sesión celebrada este miércoles tanto Pablo Casado (con un tono distinto al de estos últimos meses), como Cuca Gamarra y Teodoro García Egea (estos no han cambiado el tono) se han empeñado en repetir que la propuesta del Gobierno de que la declaración del estado de alarma por parte del Congreso de los Diputados se extienda durante seis meses supone un intento por parte del Presidente del Gobierno de "eximirse del control parlamentario" durante esos seis meses.
Esta exención de responsabilidad ante el Congreso de los Diputados del Gobierno en general, y de su Presidente en particular, está expresamente excluida en la Ley Orgánica 4/1981, reguladora de los estados de alarma, excepción y sitio, cuyo artículo 1.4 dice textualmente: "La declaración de los estados de alarma, excepción y sitio, NO INTERRUMPE el normal funcionamiento de los poderes constitucionales del Estado".
Creo que el precepto no es de difícil interpretación. Con cualquiera de las reglas de interpretación comúnmente aceptadas en el mundo del derecho, la gramatical, la sistemática, la teleológica y la histórica se llega a la misma conclusión. El Gobierno no puede dejar de ser controlado por el Congreso de los Diputados en ningún momento de la vigencia del estado de alarma. Y no puede dejar de estarlo porque este control forma parte del "núcleo esencial" de la democracia parlamentaria. Por eso la Constitución le dedica el primer artículo del Título V, "De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales", el artículo 108, que dice textualmente: "El Gobierno responde solidariamente en su gestión política ante el Congreso de los Diputados". Esto es así tanto si ha sido declarado el estado de alarma como si no. Por cierto, el artículo 116 de la Constitución es el último de dicho Título V. El 108 es el primero y el 116 el último. Y la LO 4/1981 subraya expresamente en su artículo 1.4, como se acaba de ver, que el recurso a cualquiera de los estados excepcionales previstos en el artículo 116 de la Constitución pueda suponer una excepción a la vigencia de lo previsto en el artículo 108.
Señores Casado y García Egea; señora Gamarra, ¿es tan difícil de entender esto? ¿Puede un partido que presume de "constitucionalista" desconocer de manera tan palmaria lo que la propia Constitución dice? ¿Cómo es posible que con el lugar tan destacado que ocupan ustedes en nuestro sistema político puedan decir los disparates que están diciendo? ¡Y desde la tribuna del Congreso de los Diputados!
Pero es que hay más. En lo que al estado de alarma se refiere, el Gobierno propone y el Congreso de los Diputados dispone. El estado de alarma gubernamental dura como máximo 15 días. A partir de ese momento el estado de alarma es parlamentario. Es el Congreso de los Diputados el que define el derecho vigente durante el estado de alarma. Tanto el derecho sustantivo, es decir, el contenido de las decisiones que se puedan adoptar durante el estado de alarma, como el derecho procesal, es decir, qué órgano constitucional va a ser la "autoridad competente" para adoptar dichas decisiones.
En la propuesta enviada al Congreso por el Gobierno para este estado de alarma se contempla que no haya "mando único", sino que la "autoridad competente" sean los presidentes de las 17 Comunidades Autónomas y de las dos Ciudades Autónomas
Y en la propuesta enviada al Congreso por el Gobierno para este estado de alarma se contempla que no haya "mando único", sino que la "autoridad competente" sean los presidentes de las 17 Comunidades Autónomas y de las dos Ciudades Autónomas. El Presidente del Gobierno, el Gobierno en general y el Ministro de Sanidad en particular tendrán que estar pendientes de la "coordinación" de la gestión que hacen los Presidentes y los Consejos de Gobierno de las Comunidades y Ciudades Autónomas, pero nada más.
No es el Gobierno de la Nación el que va a "ejecutar" la normativa vigente durante el estado de alarma aprobada por el Congreso de los Diputados, sino los Consejos de Gobierno de las Comunidades y Ciudades Autónomas son los que van a hacerlo. Son, en consecuencia, los Presidentes de los Consejos de Gobierno los que tendrán que dar explicaciones en sus Parlamentos de cómo están gestionando el estado de alarma declarado por el Congreso de los Diputados.
Al Gobierno de la Nación se le podrán pedir todas las explicaciones que los grupos parlamentarios estimen pertinentes, porque, insisto, el estado de alarma "no interrumpe" el control parlamentario del Gobierno. Pero sobre las medidas de "ejecución" del estado de alarma declarado por el Congreso de los Diputados poco control se va a poder ejercer, porque el Gobierno no va a adoptar ninguna.
¿No se estará pretendiendo por los señores Casado y García Egea y por la señora Gamarra intentar desviar la atención de los ciudadanos sobre el control exigible a los presidentes de las Comunidades y Ciudades Autónomas? ¿Les preocupa que Pedro Sánchez intente eximirse de un control parlamentario que no puede producirse en ningún caso, o que se ponga el foco donde se tiene que poner y se exija la presencia periódica de Isabel García Ayuso o Juan Manuel Moreno Bonilla para dar cuenta de "su" gestión del estado de alarma ante los Parlamentos de la Comunidad de Madrid o de Andalucía? ¿O incluso que puedan ser llamados por el Congreso de los Diputados para que den explicaciones de la forma en que están "ejecutando" la decisión parlamentaria?
No tengo ninguna esperanza de que ustedes atiendan ninguno de mis razonamientos. Pero sí mi interesa alertar a la opinión pública de los disparates que ustedes están poniendo en circulación. La educación constitucional es la mejor garantía para hacer efectiva la fuerza normativa de la Constitución. Por eso, "su mala educación constitucional" es tan dañina. Es importante que los ciudadanos y ciudadanas sean conscientes de ello y no se dejen engañar.
https://www.eldiario.es/contracorriente ... 69417.html
Pero su prorroga tiene que ser ratificada por el Congreso cada 15 días, la primera vez que se declaro el estado de alarma y las sucesivas prorrogas se hicieron acorde con las constitución pero como el gobierno ha cogido confianza ya se salta la constitución sin el menor disimulo y si el constitucional se pronuncia al respecto dentro de varios años, de poco servirá.
Ver citas anteriores"La Costitución y tal..." escribió:2. El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración
http://www.congreso.es/portal/page/port ... /T7/T7Cap3Ver citas anterioresEl reglamento del congreso escribió:Artículo 162
1. Cuando el Gobierno declarase el estado de alarma, remitirá inmediatamente al Presidente del Congreso una comunicación a la que acompañará el Decreto acordado en Consejo de Ministros. De la comunicación se dará traslado a la Comisión competente, que podrá recabar la información y documentación que estime procedente.
2. Si el Gobierno pretendiere la prórroga del plazo de quince días a que se refiere el artículo 116, 2 de la Constitución, deberá solicitar la autorización del Congreso de los Diputados antes de que expire aquél.
3. Los Grupos Parlamentarios podrán presentar propuestas sobre el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga hasta dos horas antes del comienzo de la sesión en que haya de debatirse la concesión de la autorización solicitada.
4. El debate tendrá lugar en el Pleno y se iniciará con la exposición por un miembro del Gobierno de las razones que justifican la solicitud de prórroga del estado de alarma y se ajustará a las normas previstas para los de totalidad.
5. Finalizado el debate se someterán a votación la solicitud y las propuestas presentadas. De la decisión de la Cámara se dará traslado al Gobierno.
VOX ha recurrido la declaración de estado de alarma por seis meses al Tribunal Constitucional, puesto que el estado de Alarma tiene su tiempo tasado en 15 días, 30 días para el estado de excepción y sin limite previo para el de sitio. Esperemos que el Constitucional se pronuncie y no escurra el bulto como tantas otras veces.Ver citas anterioresEdison escribió: ↑30 Oct 2020 18:36 Lo de los quince días se refiere a cuando lo decide el gobierno sin pedir permiso a nadie. Hay que leer la letra pequeña...
Ver citas anteriores"La Costitución y tal..." escribió:2. El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración
http://www.congreso.es/portal/page/port ... /T7/T7Cap3Ver citas anterioresEl reglamento del congreso escribió:Artículo 162
1. Cuando el Gobierno declarase el estado de alarma, remitirá inmediatamente al Presidente del Congreso una comunicación a la que acompañará el Decreto acordado en Consejo de Ministros. De la comunicación se dará traslado a la Comisión competente, que podrá recabar la información y documentación que estime procedente.
2. Si el Gobierno pretendiere la prórroga del plazo de quince días a que se refiere el artículo 116, 2 de la Constitución, deberá solicitar la autorización del Congreso de los Diputados antes de que expire aquél.
3. Los Grupos Parlamentarios podrán presentar propuestas sobre el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga hasta dos horas antes del comienzo de la sesión en que haya de debatirse la concesión de la autorización solicitada.
4. El debate tendrá lugar en el Pleno y se iniciará con la exposición por un miembro del Gobierno de las razones que justifican la solicitud de prórroga del estado de alarma y se ajustará a las normas previstas para los de totalidad.
5. Finalizado el debate se someterán a votación la solicitud y las propuestas presentadas. De la decisión de la Cámara se dará traslado al Gobierno.
Aunque se pronuncie, pasarán meses, si no años, hasta que lo haga. Y para entonces ya no servirá de nada. Porque lo de que le pongan la cara colorada, a la parejita se la bufa.Ver citas anterioresCuentame escribió: ↑30 Oct 2020 19:08VOX ha recurrido la declaración de estado de alarma por seis meses al Tribunal Constitucional, puesto que el estado de Alarma tiene su tiempo tasado en 15 días, 30 días para el estado de excepción y sin limite previo para el de sitio. Esperemos que el Constitucional se pronuncie y no escurra el bulto como tantas otras veces.Ver citas anterioresEdison escribió: ↑30 Oct 2020 18:36 Lo de los quince días se refiere a cuando lo decide el gobierno sin pedir permiso a nadie. Hay que leer la letra pequeña...
Ver citas anteriores"La Costitución y tal..." escribió:2. El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración
http://www.congreso.es/portal/page/port ... /T7/T7Cap3Ver citas anterioresEl reglamento del congreso escribió:Artículo 162
1. Cuando el Gobierno declarase el estado de alarma, remitirá inmediatamente al Presidente del Congreso una comunicación a la que acompañará el Decreto acordado en Consejo de Ministros. De la comunicación se dará traslado a la Comisión competente, que podrá recabar la información y documentación que estime procedente.
2. Si el Gobierno pretendiere la prórroga del plazo de quince días a que se refiere el artículo 116, 2 de la Constitución, deberá solicitar la autorización del Congreso de los Diputados antes de que expire aquél.
3. Los Grupos Parlamentarios podrán presentar propuestas sobre el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga hasta dos horas antes del comienzo de la sesión en que haya de debatirse la concesión de la autorización solicitada.
4. El debate tendrá lugar en el Pleno y se iniciará con la exposición por un miembro del Gobierno de las razones que justifican la solicitud de prórroga del estado de alarma y se ajustará a las normas previstas para los de totalidad.
5. Finalizado el debate se someterán a votación la solicitud y las propuestas presentadas. De la decisión de la Cámara se dará traslado al Gobierno.
https://elderecho.com/sobre-las-prorrog ... -de-alarma
Pero en el caso de VOX me parece muy bien que lo hayan intentado, el PP por el contrario no lo ha hecho habiendo podido y lo va a recurrir a la Comisión de Venecia que al parecer no puede, Casado últimamente no hace otra cosa que dar palos de ciego.Ver citas anterioresSanTelmo escribió: ↑30 Oct 2020 20:05Aunque se pronuncie, pasarán meses, si no años, cuando lo haga. Y para entonces ya no servirá de nada. Porque lo de que le pongan la cara colorada, a la parejita se la bufa.Ver citas anterioresCuentame escribió: ↑30 Oct 2020 19:08VOX ha recurrido la declaración de estado de alarma por seis meses al Tribunal Constitucional, puesto que el estado de Alarma tiene su tiempo tasado en 15 días, 30 días para el estado de excepción y sin limite previo para el de sitio. Esperemos que el Constitucional se pronuncie y no escurra el bulto como tantas otras veces.Ver citas anterioresEdison escribió: ↑30 Oct 2020 18:36 Lo de los quince días se refiere a cuando lo decide el gobierno sin pedir permiso a nadie. Hay que leer la letra pequeña...
Ver citas anteriores"La Costitución y tal..." escribió:2. El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración
http://www.congreso.es/portal/page/port ... /T7/T7Cap3Ver citas anterioresEl reglamento del congreso escribió:Artículo 162
1. Cuando el Gobierno declarase el estado de alarma, remitirá inmediatamente al Presidente del Congreso una comunicación a la que acompañará el Decreto acordado en Consejo de Ministros. De la comunicación se dará traslado a la Comisión competente, que podrá recabar la información y documentación que estime procedente.
2. Si el Gobierno pretendiere la prórroga del plazo de quince días a que se refiere el artículo 116, 2 de la Constitución, deberá solicitar la autorización del Congreso de los Diputados antes de que expire aquél.
3. Los Grupos Parlamentarios podrán presentar propuestas sobre el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga hasta dos horas antes del comienzo de la sesión en que haya de debatirse la concesión de la autorización solicitada.
4. El debate tendrá lugar en el Pleno y se iniciará con la exposición por un miembro del Gobierno de las razones que justifican la solicitud de prórroga del estado de alarma y se ajustará a las normas previstas para los de totalidad.
5. Finalizado el debate se someterán a votación la solicitud y las propuestas presentadas. De la decisión de la Cámara se dará traslado al Gobierno.
https://elderecho.com/sobre-las-prorrog ... -de-alarma