Las exenciones fiscales a la Iglesia pueden ser ayudas prohibidas, según la justicia europea
Publicado: 27 Jun 2017 14:25
Las exenciones fiscales a la Iglesia pueden ser ayudas prohibidas, según la justicia europea
Las exenciones fiscales a la Iglesia católica en España pueden constituir una ayuda prohibida por la legislación europea si estas se otorgan para actividades económicas y no para las estrictamente religiosas, según una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Este se pronuncia sobre la pretensión de un colegio de los escolapios (Congregación de Escuelas Pías Provincia Betania) en Getafe de que el Ayuntamiento de dicha localidad madrileña le devolviese casi 24.000 euros que había abonado en impuestos municipales (el de construcciones, instalaciones y obras, ICIO) por una reforma realizada en su centro por la que podía obtener beneficio económico.
El colegio La Inmaculada pidió una licencia de obras para ampliar el salón de actos a fin de ponerle 400 butacas para poder dedicarlo a reuniones, cursos y conferencias. La licencia le costó 23.730,41 euros. En virtud de los acuerdos firmados entre Madrid y la Santa Sede en 1979, la Iglesia se beneficia de algunas exenciones fiscales. Por ello, los escolapios pidieron la devolución del impuesto municipal, algo que se les desestimó puesto que las obras eran para una actividad con una finalidad no estrictamente religiosa.
El asunto llegó hasta el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 4 de Madrid, que planteó una cuestión prejudicial al tribunal europeo para saber si la exención fiscal que pedían los escolapios era o no "una ayuda estatal prohibida" por el derecho comunitario. La cuestión particular trasciendía hasta una pregunta general y clave, como admite el propio TJUE: "El asunto plantea al mismo tiempo la cuestión fundamental de si el hecho de que un Estado miembro exima a una comunidad religiosa de determinados impuestos, incluso respecto de actividades sin una finalidad estrictamente religiosa, puede constituir una ayuda estatal prohibida".
http://politica.elpais.com/politica/201 ... 87078.html
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A ver si desde Europa subsanan este agravio que desde aquí no tenemos cojones a subsanar.
Las exenciones fiscales a la Iglesia católica en España pueden constituir una ayuda prohibida por la legislación europea si estas se otorgan para actividades económicas y no para las estrictamente religiosas, según una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Este se pronuncia sobre la pretensión de un colegio de los escolapios (Congregación de Escuelas Pías Provincia Betania) en Getafe de que el Ayuntamiento de dicha localidad madrileña le devolviese casi 24.000 euros que había abonado en impuestos municipales (el de construcciones, instalaciones y obras, ICIO) por una reforma realizada en su centro por la que podía obtener beneficio económico.
El colegio La Inmaculada pidió una licencia de obras para ampliar el salón de actos a fin de ponerle 400 butacas para poder dedicarlo a reuniones, cursos y conferencias. La licencia le costó 23.730,41 euros. En virtud de los acuerdos firmados entre Madrid y la Santa Sede en 1979, la Iglesia se beneficia de algunas exenciones fiscales. Por ello, los escolapios pidieron la devolución del impuesto municipal, algo que se les desestimó puesto que las obras eran para una actividad con una finalidad no estrictamente religiosa.
El asunto llegó hasta el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 4 de Madrid, que planteó una cuestión prejudicial al tribunal europeo para saber si la exención fiscal que pedían los escolapios era o no "una ayuda estatal prohibida" por el derecho comunitario. La cuestión particular trasciendía hasta una pregunta general y clave, como admite el propio TJUE: "El asunto plantea al mismo tiempo la cuestión fundamental de si el hecho de que un Estado miembro exima a una comunidad religiosa de determinados impuestos, incluso respecto de actividades sin una finalidad estrictamente religiosa, puede constituir una ayuda estatal prohibida".
http://politica.elpais.com/politica/201 ... 87078.html
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A ver si desde Europa subsanan este agravio que desde aquí no tenemos cojones a subsanar.