Re: Coronavirus en España
Publicado: 01 Jul 2020 10:47
A ver, lo he estado leyendo y creo que tiene razón Edison.
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Ver citas anterioresEUR-Lex escribió:CAPÍTULO 2; Exenciones aplicables a ciertas actividades de interés general.
Artículo 132
1. Los Estados miembros eximirán las operaciones siguientes:
a) las prestaciones de servicios y las entregas de bienes accesorias de las mismas realizadas por los servicios públicos postales, con excepción de los transportes de pasajeros y de las telecomunicaciones;
b) las prestaciones de servicios de hospitalización y asistencia sanitaria y las demás relacionadas directamente con las mismas realizadas por entidades de Derecho público o, en condiciones sociales comparables a las que rigen para estos últimos, por establecimientos hospitalarios, centros de cuidados médicos y de diagnóstico y otros establecimientos de la misma naturaleza debidamente reconocidos;
c) la asistencia a personas físicas realizada en el ejercicio de profesiones médicas y sanitarias definidas como tales por el Estado miembro de que se trate;
d) las entregas de órganos, sangre y leche humanos;
e) las prestaciones de servicios realizadas en el ejercicio de su profesión por los protésicos dentales, así como el suministro de prótesis dentales realizadas por los dentistas y por los protésicos dentales;
f) las prestaciones de servicios realizadas por agrupaciones autónomas de personas que ejerzan una actividad exenta, o para la cual no tengan la cualidad de sujeto pasivo, con objeto de proporcionar a sus miembros los servicios directamente necesarios para el ejercicio de esa actividad, siempre que tales agrupaciones se limiten a exigir a sus miembros el reembolso exacto de la parte que les incumba en los gastos hechos en común, con la condición de que esta exención no sea susceptible de provocar distorsiones de la competencia;
g) las prestaciones de servicios y las entregas de bienes directamente relacionadas con la asistencia social y con la Seguridad Social, incluidas las realizadas por las residencias de tercera edad, realizadas por Entidades de Derecho público o por otros organismos a los que el Estado miembro de que se trate reconozca su carácter social;
h) las prestaciones de servicios y las entregas de bienes directamente relacionadas con la protección de la infancia y de la juventud, realizadas por Entidades de Derecho público o por otros organismos a los que el Estado miembro de que se trate reconozca su carácter social;
i) la educación de la infancia o de la juventud, la enseñanza escolar o universitaria, la formación o el reciclaje profesional, así como las prestaciones de servicios y las entregas de bienes directamente relacionadas con estas actividades, cuando sean realizadas por Entidades de Derecho público que tengan este mismo objeto o por otros organismos a los que el Estado miembro de que se trate reconozca que tienen fines comparables;
j) las clases dadas a título particular por docentes y que se relacionen con la enseñanza escolar o universitaria;
k) las cesiones de personal por instituciones religiosas o filosóficas para las actividades enunciadas en las letras b), g), h) e i) y con fines de asistencia espiritual;
l) las prestaciones de servicios, y las entregas de bienes directamente relacionadas con ellas, facilitadas a sus miembros en interés colectivo de éstos, mediante una cotización fijada de conformidad con los estatutos, por organismos sin fin lucrativo que persigan objetivos de naturaleza política, sindical, religiosa, patriótica, filosófica, filantrópica o cívica, con la condición de que esta exención no sea susceptible de provocar distorsiones de la competencia;
m) determinadas prestaciones de servicios, directamente relacionadas con la práctica del deporte o de la educación física, facilitadas por organismos sin fin lucrativo a las personas que practican el deporte o la educación física;
n) determinadas prestaciones de servicios culturales, y las entregas de bienes directamente relacionadas con las mismas, cuando sean realizadas por Entidades de Derecho público o por otros organismos culturales reconocidos por el Estado miembro de que se trate;
o) las prestaciones de servicios y las entregas de bienes realizadas por los organismos cuyas operaciones estén exentas, de conformidad con las letras b), g), h), i), l), m) y n), con motivo de manifestaciones destinadas a aportarles un apoyo financiero y organizadas en su exclusivo beneficio, con la condición de que esta exención no sea susceptible de provocar distorsiones de la competencia;
p) el transporte de enfermos o de heridos con ayuda de vehículos especialmente acondicionados para este fin, cuando sea realizado por organismos debidamente autorizados;
q) las actividades que no tengan carácter comercial llevadas a cabo por organismos públicos de radiotelevisión.
2. A efectos de la letra o) del apartado 1, los Estados miembros podrán establecer todas las restricciones que consideren necesarias, especialmente limitando el número de manifestaciones o la cuantía de los ingresos que origine un derecho a la exención.
No Dan, no la tiene, la directiva la colgué ayer yo en pdf, pero vamos con lo que ha colgado Edison, que al fin y al cabo es lo mismo. Todo esto lo saco de su enlace.
Artículo 99 (este artículo limita el tipo más reducido de IVA al 5%, no obstante España y otros países tienen tipos inferiores)Ver citas anteriores1. Los Estados miembros podrán aplicar uno o dos tipos reducidos. (España tiene dos tipos reducidos, el 10 y el 4)
2. Los tipos reducidos se aplicarán únicamente a las entregas de bienes y a las prestaciones de servicios de las categorías que figuran en el anexo III.
Artículo 110 (en este artículo se justifica el hecho de que España tenga un tipo reducido del 4 %, además el segundo párrafo serviría para justificar la rebaja del IVA de las mascarillas, guantes y geles hidroalcohólicos, en cualquier caso todavía tenemos el ANEXO III para posibilitarlo).Ver citas anteriores
1. Los tipos reducidos serán fijados como un porcentaje de la base imponible que no puede ser inferior al 5 %.
ANEXO III (a todo lo aquí contemplado se le puede aplicar cualquiera de los tipos reducidos de IVA)Ver citas anterioresLos Estados miembros que, el 1 de enero de 1991, concedían exenciones con derecho a deducción del IVA pagado en la fase anterior o aplicaban tipos impositivos reducidos inferiores al mínimo establecido por el artículo 99, podrán mantenerlos.
Las exenciones y tipos reducidos contemplados en el primer párrafo se ajustarán al Derecho comunitario y se concederán por razones de interés social bien definidas y en favor de los consumidores finales.
En definitiva, bajar el IVA a mascarillas, guantes y geles es posible sin cambiar ninguna normativa, pero hay que querer hacerlo. ¿La razón por la que PSOE y Podemos no quieren hacerlo? Sospecho que es porque no es una propuesta suya.Ver citas anteriores
LISTA DE ENTREGAS DE BIENES Y PRESTACIONES DE SERVICIOS QUE PODRÁN ESTAR SUJETAS A LOS TIPOS REDUCIDOS DEL IVA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 98
1) Los productos alimenticios (incluidas las bebidas, pero con exclusión de las bebidas alcohólicas) para consumo humano o animal, los animales vivos, las semillas, las plantas y los ingredientes utilizados normalmente en la preparación de productos alimenticios; los productos utilizados normalmente como complemento o sucedáneo de productos alimenticios;
2) Suministro de agua;
3) Los productos farmacéuticos del tipo de los utilizados normalmente para el cuidado de la salud, la prevención de enfermedades y tratamiento con fines médicos o veterinarios, incluidos los contraceptivos y los productos de higiene femenina;
4) Los equipos médicos, los aparatos y demás instrumental utilizados normalmente para aliviar o tratar deficiencias, para uso personal y exclusivo de minusválidos, incluida la reparación de dichos bienes y la entrega de asientos infantiles para acoplar en automóviles;
5) Transporte de personas y de sus equipajes;
6) Suministro, incluido el préstamo en bibliotecas, de libros, periódicos y revistas, bien en cualquier medio de soporte físico, bien por vía electrónica, o en ambas formas (incluidos folletos, prospectos y material impreso similar, libros ilustrados y de dibujo y coloreado infantiles, música impresa o manuscrita, mapas, planos y levantamientos hidrográficos y similares), que no sean íntegra o predominantemente publicaciones destinadas a la publicidad y que no consistan íntegra o predominantemente en contenidos de vídeo o música audible;
7) Derecho de acceso a espectáculos, teatros, circos, ferias, parques de atracciones, conciertos, museos, parques zoológicos, salas cinematográficas, exposiciones y otras manifestaciones y locales semejantes de carácter cultural;
8) Recepción de servicios de radiodifusión y televisión;
9) Prestaciones de servicios por escritores, compositores y artistas intérpretes, y derechos de autor adeudados a los mismos;
10) Suministro, construcción, renovación y transformación de viviendas proporcionadas en el marco de la política social;
10 bis) Renovación y reparación de viviendas particulares, excluidos los materiales que supongan una parte importante del valor del servicio suministrado;
10 ter) Servicios de limpieza de cristales y de limpieza de viviendas particulares;
11) Suministro de bienes y servicios de los utilizados normalmente para la producción agraria, excepto bienes de capital como maquinaria o edificios;
12) Alojamiento facilitado por hoteles y establecimientos afines, incluido el alojamiento para vacaciones y el arrendamiento de emplazamientos en terrenos para campings y espacios de estacionamiento de caravanas;
12 bis) Servicios de restauración y catering, con posibilidad de excluir la entrega de bebidas (alcohólicas o no);
13) Derecho de acceso a manifestaciones deportivas;
14) Derecho de utilizar instalaciones deportivas;
15) Entrega de bienes y prestación de servicios por parte de organizaciones caritativas reconocidas por los Estados miembros, dedicadas a la asistencia social y de seguridad social, en tanto en cuanto dichas operaciones no estén exentas en virtud de lo dispuesto en los artículos 132, 135 y 136;
16) Prestación de servicios por funerarias y servicios de cremación, junto con el suministro de los bienes relacionados con dicha actividad;
17) Prestación de asistencia sanitaria y dental, así como de tratamiento termal, en tanto en cuanto no esté exenta en virtud de lo dispuesto en las letras b) a e) del apartado 1 del artículo 132;
18) Prestaciones de servicios en relación con la limpieza de las vías públicas, la recogida de basuras y tratamiento de residuos, que no sean los prestados por los órganos mencionados en el artículo 13;
19) Pequeños servicios de reparación de bicicletas, calzado y artículos de cuero, prendas de vestir y ropa blanca (incluidos los remiendos y arreglos);
20) Servicios de asistencia a domicilio, como la ayuda doméstica o el cuidado de niños, ancianos, enfermos o discapacitados;
21) Peluquería.
Retiro lo dicho.
El problema es el que a ti te de la gana. Tanto cuesta admitir una equivocación? Te la han colado o has interpretado mal la norma, no pasa nada.Ver citas anterioresEdison escribió: ↑01 Jul 2020 15:11 El problema no es este. En Portugal las mascarillas son mucho más baratas, con IVA o sin IVA:
https://zamoranews.com/nacional/item/57 ... ascarillas
BUENO; PUES VA A SER QUE NO!Ver citas anterioresblanca escribió: ↑29 Jun 2020 20:38 Ya tiene precio el medicamento oficial para curar el Covid-19; REMDESIVIR
entre 3.00/ 4.700 euros depende de los viales y los días que se necesiten
ya está aprobado en Estados Unidos y pronto la famaceutica Gilead lo pondrá a disposición de todo el mundo.
Precio único, aunque para los paises subdesarrollados usaran créditos blandos y otras opciones para facilitar el medicamento y no crear injusticias.
Ahora; esperemos que la seguridad social Española lo facilite a todos TODOS los enfermos y no vuelva a repetirse el terrorismo de los respiradores.![]()
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No entiendo nada, cual es la injusticia?Ver citas anterioresxmigoll escribió: ↑11 Jul 2020 13:59 El sistema educativo es otra víctima colateral del coronavirus. Estoy muy cabreado...
Aprovechando a mi familia política me he escapado a dar una vuelta solo, a comprar el PAN y a tomar un café. Cerca de casa me ha abordado una señora, conoce a mi mujer y por lo visto a mi, y me ha empezado a contar su vida. En fin, al final me ha contado que su hija ha aprobado auxiliar de enfermería y que solamente la faltan las prácticas. Pues genial. He seguido paseando y he vuelto a casa.
Cuando se lo he dicho a mi mujer, hace unos minutos, me dice que sí pero que en los dos trimestres solamente había aprobado una asignatura. Que dejó el puesto en el Eroski para centrarse en aprobar justo antes de cerrar por la pandemia.
Esto es injusto. Así no vamos a ninguna parte. En fin. Simplemente deseaba compartirlo.
Huele buen. Voy a comer.
Un saludo.
El socialismo además ha contribuido al abaratamiento del regalo como conducto para conseguir un fin. En tiempos de Franco para conseguir un destino o un título había que regalar matanza. Las posibilidades aumentaban según la calidad y el número de lo donado. Ahora ya no hace falta. Ahora te lo regalan sin más.Ver citas anterioresRegshoe escribió: ↑11 Jul 2020 15:43No entiendo nada, cual es la injusticia?Ver citas anterioresxmigoll escribió: ↑11 Jul 2020 13:59 El sistema educativo es otra víctima colateral del coronavirus. Estoy muy cabreado...
Aprovechando a mi familia política me he escapado a dar una vuelta solo, a comprar el PAN y a tomar un café. Cerca de casa me ha abordado una señora, conoce a mi mujer y por lo visto a mi, y me ha empezado a contar su vida. En fin, al final me ha contado que su hija ha aprobado auxiliar de enfermería y que solamente la faltan las prácticas. Pues genial. He seguido paseando y he vuelto a casa.
Cuando se lo he dicho a mi mujer, hace unos minutos, me dice que sí pero que en los dos trimestres solamente había aprobado una asignatura. Que dejó el puesto en el Eroski para centrarse en aprobar justo antes de cerrar por la pandemia.
Esto es injusto. Así no vamos a ninguna parte. En fin. Simplemente deseaba compartirlo.
Huele buen. Voy a comer.
Un saludo.
Menudo peliculón.Ver citas anterioresLa organización desmantelada la semana pasada en el seno de la Dirección General de la Guardia Civil habría amañado durante años adjudicaciones para favorecer a empresarios a cambio de dádivas, tal y como se desprende de la investigación. Tal y como consta en la documentación de la causa, a la que ha tenido acceso La Vanguardia, los principales investigados, detenidos y enviados a prisión el pasado viernes, incluso habían llegado a favorecer o planeado hacerlo a empresas en el suministro de material sanitario en plena pandemia, como mascarillas, dispensadores de gel, servicios de limpieza o enfardadores para plastificar palés.
Uno de los expedientes investigados por el titular del Juzgado de Instrucción número 50 de Madrid, la Fiscalía Anticorrupción y la Unidad de Asuntos Internos de la Guardia Civil es el del contrato de 1,5 millones de euros para la adquisición de mascarillas de protección nivel FFP2 para afrontar la pandemia de la Covid-19.
El contrato se adjudicó en mayo de este año a la empresa Iturri, por tramitación de urgencia “justificándose la medida del procedimiento acelerado debido a la emergencia sanitaria”. Se presentaron once empresas del sector para el suministro a la Guardia Civil de mascarillas.
Según consta en la documentación de la causa, un mes antes de la adjudicación, el coronel Juan Antonio M., jefe del Servicio de Abastecimiento del instituto armado, llamó a uno de los responsables de la empresa beneficiada y le alertó que debía bajar el precio de las mascarillas de 3,80 euros a 2,80 euros. Según se desprende de las intervenciones telefónicas, le llegó a dar el nombre de las otras empresas que se presentaban y le advirtió que sus precios eran más económicos. “No te las voy a poder comprar si no bajas más abajo, porque es que me están diciendo eso”, explicó el coronel a I.N.
De las once empresas presentadas, el Servicio de Abastecimiento de la Guardia Civil (Sabas) había dado el visto bueno a dos, una la que finalmente salió adjudicada y otra más. El coronel llamó a su teniente coronel, jefe de la Sección Técnica del Servicio de Abastecimiento, Alberto José M., y le pidió información sobre la otra empresa.
El coronel llamó a su superior y le explicó que la empresa “más fiable” era Iturri. “Nos lo ha bajado a 3,30 y sabemos que es seria, le explica por teléfono. El precio quedaba en un millón de euros.
Sin embargo, aquí venía una vuelta de tuerca. El gerente de la compañía llama al teniente coronel –para quien el pasado viernes la juez de guardia en Madrid decretó prisión junto al coronel- y se ponen de acuerdo para comprobar si las certificaciones de mascarilla presentada por la empresa competidora cumplían los requisitos. El gerente avisa al mando de la Guardia Civil: “Esa certificación está hecha por un organismo italiano que certifica juguetes que vienen de China y no está en la lista de organismos certificadores de EPI´s. Ese certificado no vale un duro”.
Tras estas comprobaciones, la empresa competidora queda eliminada. Solo Iturri queda como “adecuada” modificando el precio de 1 millón de euros a 1,5 millones de euros. El coronel explicó a sus superiores que “las dos empresas que estaban, que estábamos en estudio para por precio como competencia, I-4S viene con los CES, los certificados, vienen desde Italia, Lombardía hace 30 días y nos hemos detectado que son realizados y hechos y falseados por los propios chinos. Mi sección técnica ha hecho muchas gestiones y lo ha encontrado al final. No lo puedo poner en el papel, por eso te lo digo por teléfono. Al final nos hemos ido a un a uno de millón y medio y nos vamos con Iturri”.
Ya con todo el trámite administrativo completado, el teniente coronel sufre un contratiempo. Recibe un correo electrónico de otro empresario que literalmente le advertía: “Hemos estado intentando averiguar algo sobre la certificación y hemos visto que desde la web del organismo certificador de Italia ECM que el certificado es válido y efectivamente la empresa italiana que certifica es real”. Por tanto, los investigadores concluyen que “que parece que el motivo por el que la empresa I-4S quedó descartada era incierto”.
Al día siguiente, el teniente coronel intenta arreglar el fallo y avisa a un responsable del Sabas. Le explica que ha habido un error y reconoce que el certificado presentado por la otra empresa es correcto. “Habría que modificar para que, aun manteniendo la misma propuesta de adjudicación, no se de tramité sin modificar los datos relativos a I-4S que ahora sabe que son un error. En todo caso eso no cambiaría la propuesta de la oferta de Iturri”.
Finalmente el contrato público fue adjudicado a esta empresa y el coronel quiso comunicárselo al gerente el 7 de abril. “Acaba de firmar la directora y el secretario de Estado”, le comunicó. “En cuanto tengamos la oportunidad de acercarnos por ahí abajo nos tomamos alguna, un algo en ese mirador que tenéis ahí arriba”, dijo el mando de la Guardia Civil.
Por tanto, la modificación fue que donde antes se indicaba “defectos graves en la documentación técnica”, ahora ponía “dudas en la documentación técnica”.Además, el coronel toma cartas en el asunto y advierte al Sabas que “hay que darle continuidad a ese proceso”, y le da instrucciones para que se retome.
Según aparece en la documentación de la causa, el coronel también utilizó sus contactos con estas empresas para favorecer a su hijo. Un día antes de formalizar el expediente para la adjudicación, el hijo del coronel llamó a su padre y le comentó que necesitaba equipos de protección y mochilas de fumigación para su empresa. El mando del instituto armado le mandó llamar a I.N, de Iturri, para que se lo solucionase.
Al día siguiente, habían localizado a una empresa que le pudiera hacer ese trabajo. “Se están pidiendo como si fuera para la Guardia Civil. Tú les dices que te han dicho de la Guardia Civil que me ponga en contacto contigo”, le explica el padre a su hijo. Finalmente, no las compró porque la fecha de la entrega era demasiado tarde.
Tanto el coronel como el teniente coronel están siendo investigados por los delitos de pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias, malversación, fraude a la Administración pública, negociaciones prohibidas a los funcionarios públicos, prevaricación, cohecho y blanqueo de capitales en el marco de la denominada ‘operación Grapa’.
No, pero nos estamos forrando con las mascarillasVer citas anterioresxmigoll escribió: ↑14 Jul 2020 17:59 ¿Se están aplicando las medidas sanitarias para evitar la propagación del virus?
https://youtu.be/3IN6fOJ3-T4
Un gran aplaudo al Gobierno de España.![]()
La solución no está vivir con mascarillas o vivir sin ellas. La solución es aplicar el sentido común. Con un poco de esto estaría todo solucionado.Ver citas anterioresbinabik escribió: ↑14 Jul 2020 20:02No, pero nos estamos forrando con las mascarillasVer citas anterioresxmigoll escribió: ↑14 Jul 2020 17:59 ¿Se están aplicando las medidas sanitarias para evitar la propagación del virus?
https://youtu.be/3IN6fOJ3-T4
Un gran aplaudo al Gobierno de España.![]()
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