¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?
Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?
¿El TFUE (Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea)? Eso para los belgas, hombre. Aquí ya quedó claro que "si ellos tienen ONU... "
Lo pondremos de El Mundo, que tiene más morbo: Bélgica rechaza extraditar al rapero Valtònyc a España tras repetir el juicio
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?
A mi el valtonyc me da igual. Que siga componiendo sus canciones de mal gusto donde quiera.Ver citas anterioresEdison escribió: ↑17 May 2022 16:27 ¿El TFUE (Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea)? Eso para los belgas, hombre. Aquí ya quedó claro que "si ellos tienen ONU... "
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?
Buenas tardes VignoleVer citas anterioresVignole escribió: ↑17 May 2022 15:56Es que no se ha movido dentro de estas coordenadas. Como se ha comentado, se han espiado conversaciones para formar gobierno en la alcaldía de Barcelona, se han espiado a los abogados en medio del proceso judicial (cosa que podría anular los juicios), etc.
He visto por aquí que se alude al cumplimiento de la ley, cosa con la que estoy de acuerdo y, precisamente, es uno de los motivo del independentismo, el incumplimiento reiterado por parte de instituciones del estado español de la legislación española, incluyendo vulneración de derechos fundamentales recogidos en la constitución o el TFUE.
1) Si....y seguramente se les habrá grabado en temas personales con las perversiones de cada cual......porque cuando intervienes un teléfono no tienes ni idea de que es lo que vas a grabar .
La clave es EL USO que se haga de determinada información para la que explícitamente no estás autorizado grabar pero te la encuentras
Si haces uso de ella, que se yo, pasando información sensible del abogado defensor a la parte acusadora o medrando en el pacto de gobierno o pasándole información al gobierno sobre movimientos políticos lícitos (con quien se pacta o deja de pactar) pues entonces se estaría haciendo un uso ilícito de esa autorización judicial
Dicho de otro modo.....cuando intervienes un teléfono con una causa autorizada x....de la información que obtengas solo puedes hacer inteligencia (procesar información ) sobre lo autorizado, no puedes usar la información que no compete en ningún sentido
Si se descubre que eso es así ,...que se yo, que han presentado un informe a Sánchez chismeando sobre movimientos políticos de otras opciones políticas pues sería ilegal y muy grave
Pero el simple hecho de grabar a esos actores en el proceso de negociación o a esos abogados , NO QUIERE DECIR, que se haya estado inflingiendo nada , si de esa información no se extrae inteligencia.
2)Lo que lo de la secesión era por defender la ley, primera noticia
¿concretamente que ley o leyes se estaba incumpliendo por parte del estado español que motivase tan drástica decisión?
saludos
Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?
Otro ejemplo más de incumplimiento de la ley por parte de España. Los mismos hechos en España son 3 años de cárcel mientras que en Bélgica, libertad. Sin olvidar que en este asunto también intervino el TJUE.Ver citas anterioresRoronoa Zoro escribió: ↑17 May 2022 16:37A mi el valtonyc me da igual. Que siga componiendo sus canciones de mal gusto donde quiera.Ver citas anterioresEdison escribió: ↑17 May 2022 16:27 ¿El TFUE (Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea)? Eso para los belgas, hombre. Aquí ya quedó claro que "si ellos tienen ONU... "
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¿Queremos que se cunpla la ley o no?
Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?
Parece que hay quien aún no se ha enterado de porque suspendieron al juez Garzón. Pero es que entonces estaba espiando a alguien del PP, y entonces el Supremo tenía muy claro que esto era ilegal, inmoral y caca de la vaca:
Límites al derecho de defensa: Intervención de las comunicaciones entre abogado y cliente
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?
Pues nada que haga canciones en belgicas diciendo que la gente tiene que atacar a la policia belga a ver que pasa. Belgica no es un buen ejemplo de nada ya que acogió a asesinos en su territorio.Ver citas anterioresVignole escribió: ↑17 May 2022 17:08Otro ejemplo más de incumplimiento de la ley por parte de España. Los mismos hechos en España son 3 años de cárcel mientras que en Bélgica, libertad. Sin olvidar que en este asunto también intervino el TJUE.Ver citas anterioresRoronoa Zoro escribió: ↑17 May 2022 16:37A mi el valtonyc me da igual. Que siga componiendo sus canciones de mal gusto donde quiera.Ver citas anterioresEdison escribió: ↑17 May 2022 16:27 ¿El TFUE (Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea)? Eso para los belgas, hombre. Aquí ya quedó claro que "si ellos tienen ONU... "
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?
Curioso que luego extraditar peña a países donde se les va a asesinar no les cuesta tanto.Ver citas anterioresEdison escribió: ↑17 May 2022 16:27 ¿El TFUE (Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea)? Eso para los belgas, hombre. Aquí ya quedó claro que "si ellos tienen ONU... "
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?
La ley Belga es jurídicamente superior a la española?Ver citas anterioresVignole escribió: ↑17 May 2022 17:08Otro ejemplo más de incumplimiento de la ley por parte de España. Los mismos hechos en España son 3 años de cárcel mientras que en Bélgica, libertad. Sin olvidar que en este asunto también intervino el TJUE.Ver citas anterioresRoronoa Zoro escribió: ↑17 May 2022 16:37A mi el valtonyc me da igual. Que siga componiendo sus canciones de mal gusto donde quiera.Ver citas anterioresEdison escribió: ↑17 May 2022 16:27 ¿El TFUE (Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea)? Eso para los belgas, hombre. Aquí ya quedó claro que "si ellos tienen ONU... "
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¿Queremos que se cunpla la ley o no?
Somos una potencia vasalla?
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?
Mohamed Ben Halima es un exoficial que había revelado la corrupción dentro del ejército.Ver citas anterioresRegshoe escribió: ↑17 May 2022 18:39Curioso que luego extraditar peña a países donde se les va a asesinar no les cuesta tanto.Ver citas anterioresEdison escribió: ↑17 May 2022 16:27 ¿El TFUE (Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea)? Eso para los belgas, hombre. Aquí ya quedó claro que "si ellos tienen ONU... "
Lo pondremos de El Mundo, que tiene más morbo: Bélgica rechaza extraditar al rapero Valtònyc a España tras repetir el juicio
La extradicion es absolutamente ilegal.
No se concederá la extradición cuando el Estado que reclama a la persona no de garantías de que la persona no va a ser ejecutada, o sometida a una pena que atente a su integridad corporal, o a tratos inhumanos o degradantes.
Existen determinados delitos por los cuales no se concede la extradición. Así, no se concede la extradición cuando se trata de delitos políticos (salvo delitos de terrorismo, los delitos de atentado contra la vida del Jefe de Estado o un miembro de su familia, y los crímenes contra la humanidad como el genocidio), delitos militares y tampoco por delitos cometidos por medios de comunicación en el ejercicio de la libertad de expresión.
Esto lo ha hecho un gobierno "progresista" valientes hijos de puta.
Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?
Más de lo mismo. Desde luego no es cosa de los belgas.Ver citas anterioresChurrero escribió: ↑17 May 2022 18:48Mohamed Ben Halima es un exoficial que había revelado la corrupción dentro del ejército.Ver citas anterioresRegshoe escribió: ↑17 May 2022 18:39Curioso que luego extraditar peña a países donde se les va a asesinar no les cuesta tanto.Ver citas anterioresEdison escribió: ↑17 May 2022 16:27 ¿El TFUE (Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea)? Eso para los belgas, hombre. Aquí ya quedó claro que "si ellos tienen ONU... "
Lo pondremos de El Mundo, que tiene más morbo: Bélgica rechaza extraditar al rapero Valtònyc a España tras repetir el juicio
La extradicion es absolutamente ilegal.
No se concederá la extradición cuando el Estado que reclama a la persona no de garantías de que la persona no va a ser ejecutada, o sometida a una pena que atente a su integridad corporal, o a tratos inhumanos o degradantes.
Existen determinados delitos por los cuales no se concede la extradición. Así, no se concede la extradición cuando se trata de delitos políticos (salvo delitos de terrorismo, los delitos de atentado contra la vida del Jefe de Estado o un miembro de su familia, y los crímenes contra la humanidad como el genocidio), delitos militares y tampoco por delitos cometidos por medios de comunicación en el ejercicio de la libertad de expresión.
Esto lo ha hecho un gobierno "progresista" valientes hijos de puta.
Argelia condena a muerte a un activista que España le entregó
Ver citas anterioresCuando el 24 de marzo subió a Mohamed Ben Halima en un avión en Valencia para obligarlo a volver a Argelia, la policía española ya sabía que la vida del activista corría peligro. El hombre, de 32 años, un exoficial que había expuesto la corrupción dentro del ejército y había participado en el movimiento prodemocracia Hirak, se había refugiado en España, pero el ministerio del Interior se afanó a devolverlo por la fuerza a su país. El miércoles por la noche se supo que Ben Halima ha sido condenado a la pena de muerte por un tribunal militar argelino, según han denunciado su familia y el Centro del Cairo por los Derechos Humanos.
Ben Halima había sido condenado por un tribunal civil a 10 años de prisión, pero la sentencia fue revocada por un tribunal militar que lo ha condenado a muerte, la pena impuesta a todos los acusados por traición juzgados en ausencia. En el país hay una moratoria sobre las ejecuciones desde 1993, de forma que los condenados a la pena capital acaban cumpliendo cadena perpetua. "Tienen un régimen penitenciario específico que supone una tortura de por vida", aclara al ARA en una conversación telefónica desde Argel un miembro de la Liga Argelina de Derechos Humanos que pide no ser identificado por su seguridad.
Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?
Son casos distintosVer citas anterioresEdison escribió: ↑17 May 2022 17:25 Parece que hay quien aún no se ha enterado de porque suspendieron al juez Garzón. Pero es que entonces estaba espiando a alguien del PP, y entonces el Supremo tenía muy claro que esto era ilegal, inmoral y caca de la vaca:
Límites al derecho de defensa: Intervención de las comunicaciones entre abogado y cliente
En el caso de Garzón es el propio juez instructor del caso el que ordena investigar las conversaciones entre el abogado del caso y el reo que tienen en preventiva por el mismo asunto .....eso es lo que se considera una violación del derecho de defensa.
En el caso en cuestión lo que se investigan son amenazas de delitos potenciales....no de presuntos delitos realizados en instrucción judicial, es decir, no estaría vinculado a ningún caso del pasado , sino de otros casos en curso .
Por eso digo que la ilicitud o no del asunto es el uso que se haga de dicha información
Por ejemplo, si el juez te ha autorizado a realizar escuchas porque existen indicios de que determinados sujetos estén planteando una acción contra el estado....la información que obtenga de cualquier otro ambito no puede ser usada de forma legal y cómo prueba quedaría invalidada.
NO existe violación al derecho a la defensa, porque la investigación no tendría que ver con lo que el proceso entre abogado defensor y el defendido , cosa que en el asunto Garzón si se daba, pues este era el mismo instructor del caso y el que había ordenado las escuchas
Ejemplo....a ti te están juzgando por un caso equis.....El juez instructor de tu caso interviene las conversaciones entre tú y tu abogado......está violando tu derecho a la defensa...porque tu te estás defendiendo con tu abogado precisamente de la investigación de dicho juez
Por contra tu abogado está a su vez siendo investigado porque el mismo está inmerso en una trama criminal porque es testaferro de unos narcos y otro juez instructor de un caso distinto al tuyo ha ordenado intervenir sus telecomunicaciones......y en dicho proceso se graban las conversaciones tuyas con las de tu abogado....
Eso no sería ilícito. Porque en teoría la información que se extraiga de dicha intervención no puede usarse cómo prueba de nada ni debe de remitirse al otro instructor.
saludos
Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?
Ver citas anterioresChurrero escribió: ↑17 May 2022 18:48Mohamed Ben Halima es un exoficial que había revelado la corrupción dentro del ejército.Ver citas anterioresRegshoe escribió: ↑17 May 2022 18:39Curioso que luego extraditar peña a países donde se les va a asesinar no les cuesta tanto.Ver citas anterioresEdison escribió: ↑17 May 2022 16:27 ¿El TFUE (Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea)? Eso para los belgas, hombre. Aquí ya quedó claro que "si ellos tienen ONU... "
Lo pondremos de El Mundo, que tiene más morbo: Bélgica rechaza extraditar al rapero Valtònyc a España tras repetir el juicio
La extradicion es absolutamente ilegal.
No se concederá la extradición cuando el Estado que reclama a la persona no de garantías de que la persona no va a ser ejecutada, o sometida a una pena que atente a su integridad corporal, o a tratos inhumanos o degradantes.
Existen determinados delitos por los cuales no se concede la extradición. Así, no se concede la extradición cuando se trata de delitos políticos (salvo delitos de terrorismo, los delitos de atentado contra la vida del Jefe de Estado o un miembro de su familia, y los crímenes contra la humanidad como el genocidio), delitos militares y tampoco por delitos cometidos por medios de comunicación en el ejercicio de la libertad de expresión.
Esto lo ha hecho un gobierno "progresista" valientes hijos de puta.
Madre mía.....luego indultamos por cuestiones peregrinas e intereses particulares a delincuentes convictos.....y enviamos igualmente por intereses a personas a una muerte (o cadena perpetua) segura....personas que se han refugiado en nuestro pais confiando en nuestro compromiso con los derechos humanos.
Parece evidente que ha sido una moneda de cambio para desagraviar a Argelia por el tema del Sahara y el bandazo personalista que Pedro Sánchez personalmente hizo en política exterior a cambio de quien sabe que intereses personales
No se puede sentir mas verguenza y desprecio por una decisión así
saludos
Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?
Excusas que no colarían ni en un examen de primero de derecho. Y menos si es una intervención prospectiva: "a ver que es lo que pillamos... ".Ver citas anterioresgálvez escribió: ↑18 May 2022 08:51Son casos distintosVer citas anterioresEdison escribió: ↑17 May 2022 17:25 Parece que hay quien aún no se ha enterado de porque suspendieron al juez Garzón. Pero es que entonces estaba espiando a alguien del PP, y entonces el Supremo tenía muy claro que esto era ilegal, inmoral y caca de la vaca:
Límites al derecho de defensa: Intervención de las comunicaciones entre abogado y cliente
En el caso de Garzón es el propio juez instructor del caso el que ordena investigar las conversaciones entre el abogado del caso y el reo que tienen en preventiva por el mismo asunto .....eso es lo que se considera una violación del derecho de defensa.
En el caso en cuestión lo que se investigan son amenazas de delitos potenciales....no de presuntos delitos realizados en instrucción judicial, es decir, no estaría vinculado a ningún caso del pasado , sino de otros casos en curso .
Por eso digo que la ilicitud o no del asunto es el uso que se haga de dicha información
Por ejemplo, si el juez te ha autorizado a realizar escuchas porque existen indicios de que determinados sujetos estén planteando una acción contra el estado....la información que obtenga de cualquier otro ambito no puede ser usada de forma legal y cómo prueba quedaría invalidada.
NO existe violación al derecho a la defensa, porque la investigación no tendría que ver con lo que el proceso entre abogado defensor y el defendido , cosa que en el asunto Garzón si se daba, pues este era el mismo instructor del caso y el que había ordenado las escuchas
Ejemplo....a ti te están juzgando por un caso equis.....El juez instructor de tu caso interviene las conversaciones entre tú y tu abogado......está violando tu derecho a la defensa...porque tu te estás defendiendo con tu abogado precisamente de la investigación de dicho juez
Por contra tu abogado está a su vez siendo investigado porque el mismo está inmerso en una trama criminal porque es testaferro de unos narcos y otro juez instructor de un caso distinto al tuyo ha ordenado intervenir sus telecomunicaciones......y en dicho proceso se graban las conversaciones tuyas con las de tu abogado....
Eso no sería ilícito. Porque en teoría la información que se extraiga de dicha intervención no puede usarse cómo prueba de nada ni debe de remitirse al otro instructor.
saludos
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?
En base a qué se inicia la actuación del CNI, por lo que dices no en base a hechos, sino simple rumorología y bravuconadas varias sin base real. Nos gastamos los dineros por si a caso? vamos, y para eso vulneramos los derechos que haga falta, por el bien mayor que esté fuera de la ley o la propia Constitución.Ver citas anterioresgálvez escribió: ↑17 May 2022 13:31 Es decir, que el secesionismo es una de las cosas contra las que el CNI oficialmente debe de combatir aportando información e inteligencia
Ergo el espiar a secesionistas que potencialmente pretendan realizar ilícitos en la consecución de sus objetivos políticos es legalmente lícito.
Encontró el CNI un arsenal en casa de un indepe? Sería lícito. o actuamos por que tememos al independentismo, el pacífico incluido (no seria lícito).
Salut!
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?
También es usted profesor de derecho.....es usted el Leonardo Da Vinci del foro....lo mismo me conmuta la luz que me apaña un reactor nuclear que es examinador de derechoVer citas anterioresEdison escribió: ↑18 May 2022 09:07Excusas que no colarían ni en un examen de primero de derecho. Y menos si es una intervención prospectiva: "a ver que es lo que pillamos... ".Ver citas anterioresgálvez escribió: ↑18 May 2022 08:51Son casos distintosVer citas anterioresEdison escribió: ↑17 May 2022 17:25 Parece que hay quien aún no se ha enterado de porque suspendieron al juez Garzón. Pero es que entonces estaba espiando a alguien del PP, y entonces el Supremo tenía muy claro que esto era ilegal, inmoral y caca de la vaca:
Límites al derecho de defensa: Intervención de las comunicaciones entre abogado y cliente
En el caso de Garzón es el propio juez instructor del caso el que ordena investigar las conversaciones entre el abogado del caso y el reo que tienen en preventiva por el mismo asunto .....eso es lo que se considera una violación del derecho de defensa.
En el caso en cuestión lo que se investigan son amenazas de delitos potenciales....no de presuntos delitos realizados en instrucción judicial, es decir, no estaría vinculado a ningún caso del pasado , sino de otros casos en curso .
Por eso digo que la ilicitud o no del asunto es el uso que se haga de dicha información
Por ejemplo, si el juez te ha autorizado a realizar escuchas porque existen indicios de que determinados sujetos estén planteando una acción contra el estado....la información que obtenga de cualquier otro ambito no puede ser usada de forma legal y cómo prueba quedaría invalidada.
NO existe violación al derecho a la defensa, porque la investigación no tendría que ver con lo que el proceso entre abogado defensor y el defendido , cosa que en el asunto Garzón si se daba, pues este era el mismo instructor del caso y el que había ordenado las escuchas
Ejemplo....a ti te están juzgando por un caso equis.....El juez instructor de tu caso interviene las conversaciones entre tú y tu abogado......está violando tu derecho a la defensa...porque tu te estás defendiendo con tu abogado precisamente de la investigación de dicho juez
Por contra tu abogado está a su vez siendo investigado porque el mismo está inmerso en una trama criminal porque es testaferro de unos narcos y otro juez instructor de un caso distinto al tuyo ha ordenado intervenir sus telecomunicaciones......y en dicho proceso se graban las conversaciones tuyas con las de tu abogado....
Eso no sería ilícito. Porque en teoría la información que se extraiga de dicha intervención no puede usarse cómo prueba de nada ni debe de remitirse al otro instructor.
saludos
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Parece que usted ni lee lo que le escribo ni tampoco lee lo que enlaza
Le digo que efectivamente no se puede intervenir las comunicaciones entre un abogado y su defensa
Y si se hiciese porque técnicamente la intervención de las comunicaciones te llevase a una conversación de ese tipo, NO PUEDE SER USADA PARA NADA
Pero eso no quiere decir que un abogado pueda ser inmune a que se tomen medidas preventivas de vigilancia contra el si existen indicios de que participa en una trama criminal
Un abogado puede estar inmerso en una trama criminal A y estar llevando el caso B
El instructor del caso B no puede ordenar que intervengan la conversación entre el defensor y su defendido.....correcto.
EL instructor del caso A si puede ordenar intervenir las comunicaciones de ese abogado si piensa que es un presunto delincuente
Eso si....si en dicha intervención telefónica aparecen conversaciones del caso B, estas deben de ser obviadas cómo si no existiera
Porque si no, los abogados serían los criminales perfectos, pues en base a que siempre van a tener casos jamás de los jamases podrían ser objeto de seguimiento en sus comunicaciones.
saludos
Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?
No se en base a qué indicios el juez ha autorizado al CNI investigar a esos fulanosVer citas anterioresLogan escribió: ↑18 May 2022 09:24En base a qué se inicia la actuación del CNI, por lo que dices no en base a hechos, sino simple rumorología y bravuconadas varias sin base real. Nos gastamos los dineros por si a caso? vamos, y para eso vulneramos los derechos que haga falta, por el bien mayor que esté fuera de la ley o la propia Constitución.Ver citas anterioresgálvez escribió: ↑17 May 2022 13:31 Es decir, que el secesionismo es una de las cosas contra las que el CNI oficialmente debe de combatir aportando información e inteligencia
Ergo el espiar a secesionistas que potencialmente pretendan realizar ilícitos en la consecución de sus objetivos políticos es legalmente lícito.
Encontró el CNI un arsenal en casa de un indepe? Sería lícito. o actuamos por que tememos al independentismo, el pacífico incluido (no seria lícito).
Salut!
Pero lo de las bravuconadas y tal deben de ser investigadas para comprobar si tienen o no base real.....es decir , si un alto cargo político dice algo que potencialmente es una amenaza seria-.....puede ser una bravuconada o no serlo....pero sería negligente no investigarlo
Imaginate que mañana el Iman de la mezquita de MAdrid por ejemplo, hace unas declaraciones públicas incitando a la Yihad y que podrían interpretarse cómo una amenaza velada de terrorismo yihadista....¿debería el CNI investigar a este señor o se debe de dejar correr planteando que es una mera bravuconada sin importancia?
Digo ese señor o cualquier otro pirado por internet
¿los investigamos o no los investigamos?
Que oiga, tras el seguimiento se interpreta que lo que dice efectivamente es una bravuconada pues no está creando ninguna estructura delictiva para realizar lo que dice....`pues perfecto
Ni el tipo se ha visto perjudicado y se ha descartado una potencial amenaza
PEro ¿Y si la amenaza es serie y no se ha hecho nada al respecto pese a que el tío lo proclamaba a los cuatro vientos?....pues entonces estaríamos ante una actuación negligente
Otra cosa es que se investigue a alguien y se haga un mal uso de esa investigación.....que se yo, se use información personal del sujeto para chantajearle, o para interferir en procesos legales que tenga o en cualquier otra cosa ajena a lo investigado
saludos
Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?
Caramba, menudas volteretas. Mejor paso, igual es algo contagioso.Ver citas anterioresgálvez escribió: ↑18 May 2022 09:32También es usted profesor de derecho.....es usted el Leonardo Da Vinci del foro....lo mismo me conmuta la luz que me apaña un reactor nuclear que es examinador de derechoVer citas anterioresEdison escribió: ↑18 May 2022 09:07Excusas que no colarían ni en un examen de primero de derecho. Y menos si es una intervención prospectiva: "a ver que es lo que pillamos... ".Ver citas anterioresgálvez escribió: ↑18 May 2022 08:51Son casos distintosVer citas anterioresEdison escribió: ↑17 May 2022 17:25 Parece que hay quien aún no se ha enterado de porque suspendieron al juez Garzón. Pero es que entonces estaba espiando a alguien del PP, y entonces el Supremo tenía muy claro que esto era ilegal, inmoral y caca de la vaca:
Límites al derecho de defensa: Intervención de las comunicaciones entre abogado y cliente
En el caso de Garzón es el propio juez instructor del caso el que ordena investigar las conversaciones entre el abogado del caso y el reo que tienen en preventiva por el mismo asunto .....eso es lo que se considera una violación del derecho de defensa.
En el caso en cuestión lo que se investigan son amenazas de delitos potenciales....no de presuntos delitos realizados en instrucción judicial, es decir, no estaría vinculado a ningún caso del pasado , sino de otros casos en curso .
Por eso digo que la ilicitud o no del asunto es el uso que se haga de dicha información
Por ejemplo, si el juez te ha autorizado a realizar escuchas porque existen indicios de que determinados sujetos estén planteando una acción contra el estado....la información que obtenga de cualquier otro ambito no puede ser usada de forma legal y cómo prueba quedaría invalidada.
NO existe violación al derecho a la defensa, porque la investigación no tendría que ver con lo que el proceso entre abogado defensor y el defendido , cosa que en el asunto Garzón si se daba, pues este era el mismo instructor del caso y el que había ordenado las escuchas
Ejemplo....a ti te están juzgando por un caso equis.....El juez instructor de tu caso interviene las conversaciones entre tú y tu abogado......está violando tu derecho a la defensa...porque tu te estás defendiendo con tu abogado precisamente de la investigación de dicho juez
Por contra tu abogado está a su vez siendo investigado porque el mismo está inmerso en una trama criminal porque es testaferro de unos narcos y otro juez instructor de un caso distinto al tuyo ha ordenado intervenir sus telecomunicaciones......y en dicho proceso se graban las conversaciones tuyas con las de tu abogado....
Eso no sería ilícito. Porque en teoría la información que se extraiga de dicha intervención no puede usarse cómo prueba de nada ni debe de remitirse al otro instructor.
saludos
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Parece que usted ni lee lo que le escribo ni tampoco lee lo que enlaza
Le digo que efectivamente no se puede intervenir las comunicaciones entre un abogado y su defensa
Y si se hiciese porque técnicamente la intervención de las comunicaciones te llevase a una conversación de ese tipo, NO PUEDE SER USADA PARA NADA
Pero eso no quiere decir que un abogado pueda ser inmune a que se tomen medidas preventivas de vigilancia contra el si existen indicios de que participa en una trama criminal
Un abogado puede estar inmerso en una trama criminal A y estar llevando el caso B
El instructor del caso B no puede ordenar que intervengan la conversación entre el defensor y su defendido.....correcto.
EL instructor del caso A si puede ordenar intervenir las comunicaciones de ese abogado si piensa que es un presunto delincuente
Eso si....si en dicha intervención telefónica aparecen conversaciones del caso B, estas deben de ser obviadas cómo si no existiera
Porque si no, los abogados serían los criminales perfectos, pues en base a que siempre van a tener casos jamás de los jamases podrían ser objeto de seguimiento en sus comunicaciones.
saludos
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Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?
No hacen falta armas para que el independentismo pase de supuestamente pacifico a ser violentos. Imaginate que la DUI hubiese sido en serio y no un paripe(solo habría hecho falta publicar en el boletin oficial de la generalitat) y que un grupo suficientemente numeroso de independentistas hubiesen defendido esa DUI, que consecuencias habria habido por ello? Seguramente habria habido los muertos que Marta rovira quería que hubiera habido para que la causa del independentismo se hubiese visto beneficiado a ojos de la de ERC.Ver citas anterioresLogan escribió: ↑18 May 2022 09:24En base a qué se inicia la actuación del CNI, por lo que dices no en base a hechos, sino simple rumorología y bravuconadas varias sin base real. Nos gastamos los dineros por si a caso? vamos, y para eso vulneramos los derechos que haga falta, por el bien mayor que esté fuera de la ley o la propia Constitución.Ver citas anterioresgálvez escribió: ↑17 May 2022 13:31 Es decir, que el secesionismo es una de las cosas contra las que el CNI oficialmente debe de combatir aportando información e inteligencia
Ergo el espiar a secesionistas que potencialmente pretendan realizar ilícitos en la consecución de sus objetivos políticos es legalmente lícito.
Encontró el CNI un arsenal en casa de un indepe? Sería lícito. o actuamos por que tememos al independentismo, el pacífico incluido (no seria lícito).
Salut!
De ahi que el CNI lo tenga que investigar en base a que todos los lideres del independentismo han dicho que volveran a saltarse las leyes para lograr la independencia.
Re: ¿Qué será primero, la independencia o la suspensión de la autonomía catalana?
Usted con lo de las volteretas parece haberse quedado pilladoVer citas anterioresEdison escribió: ↑18 May 2022 10:12Caramba, menudas volteretas. Mejor paso, igual es algo contagioso.Ver citas anterioresgálvez escribió: ↑18 May 2022 09:32También es usted profesor de derecho.....es usted el Leonardo Da Vinci del foro....lo mismo me conmuta la luz que me apaña un reactor nuclear que es examinador de derechoVer citas anterioresEdison escribió: ↑18 May 2022 09:07Excusas que no colarían ni en un examen de primero de derecho. Y menos si es una intervención prospectiva: "a ver que es lo que pillamos... ".Ver citas anterioresgálvez escribió: ↑18 May 2022 08:51
Son casos distintos
En el caso de Garzón es el propio juez instructor del caso el que ordena investigar las conversaciones entre el abogado del caso y el reo que tienen en preventiva por el mismo asunto .....eso es lo que se considera una violación del derecho de defensa.
En el caso en cuestión lo que se investigan son amenazas de delitos potenciales....no de presuntos delitos realizados en instrucción judicial, es decir, no estaría vinculado a ningún caso del pasado , sino de otros casos en curso .
Por eso digo que la ilicitud o no del asunto es el uso que se haga de dicha información
Por ejemplo, si el juez te ha autorizado a realizar escuchas porque existen indicios de que determinados sujetos estén planteando una acción contra el estado....la información que obtenga de cualquier otro ambito no puede ser usada de forma legal y cómo prueba quedaría invalidada.
NO existe violación al derecho a la defensa, porque la investigación no tendría que ver con lo que el proceso entre abogado defensor y el defendido , cosa que en el asunto Garzón si se daba, pues este era el mismo instructor del caso y el que había ordenado las escuchas
Ejemplo....a ti te están juzgando por un caso equis.....El juez instructor de tu caso interviene las conversaciones entre tú y tu abogado......está violando tu derecho a la defensa...porque tu te estás defendiendo con tu abogado precisamente de la investigación de dicho juez
Por contra tu abogado está a su vez siendo investigado porque el mismo está inmerso en una trama criminal porque es testaferro de unos narcos y otro juez instructor de un caso distinto al tuyo ha ordenado intervenir sus telecomunicaciones......y en dicho proceso se graban las conversaciones tuyas con las de tu abogado....
Eso no sería ilícito. Porque en teoría la información que se extraiga de dicha intervención no puede usarse cómo prueba de nada ni debe de remitirse al otro instructor.
saludos
https://elderecho.com/derecho-de-defens ... de-defensa
Parece que usted ni lee lo que le escribo ni tampoco lee lo que enlaza
Le digo que efectivamente no se puede intervenir las comunicaciones entre un abogado y su defensa
Y si se hiciese porque técnicamente la intervención de las comunicaciones te llevase a una conversación de ese tipo, NO PUEDE SER USADA PARA NADA
Pero eso no quiere decir que un abogado pueda ser inmune a que se tomen medidas preventivas de vigilancia contra el si existen indicios de que participa en una trama criminal
Un abogado puede estar inmerso en una trama criminal A y estar llevando el caso B
El instructor del caso B no puede ordenar que intervengan la conversación entre el defensor y su defendido.....correcto.
EL instructor del caso A si puede ordenar intervenir las comunicaciones de ese abogado si piensa que es un presunto delincuente
Eso si....si en dicha intervención telefónica aparecen conversaciones del caso B, estas deben de ser obviadas cómo si no existiera
Porque si no, los abogados serían los criminales perfectos, pues en base a que siempre van a tener casos jamás de los jamases podrían ser objeto de seguimiento en sus comunicaciones.
saludos
Yo le he expuesto los matices del tema. De porqué no es lo mismo que un juez instructor ordene intervenir las comunicaciones entre un investigado y su abogado defensor y que otro juez investigue a ese mismo abogado por otras causas.
Argumentos contra chascarrillos......creo que efectivamente no hay mas que rascar,,,su impotencia argumental queda manifiesta
saludos