Binabik. Deberían denunciarte por malos tratos y agresión. La hostia se ha oído en Zaragoza centro e inmediaciones.
Bestia.
Y si no las acatásemos estaríamos todavía en AtapuercaVer citas anterioresLogan escribió: ↑23 Abr 2020 13:03Acatando las leyes aún estaríamos con el código de Hammurabi o pagando el diezmo o con jornadas laborales de 14 horas. Y en todos esos ejemplos con jueces aplicando leyes y dictaminado el delito. La violencia siempre es condenable, pero dejar en la calle un familia o un anciano no parece ser violento ni con el art.47 de la CE de tu lado. Este es el contexto, hablar de agresión y agredido en abstracto no lleva a ninguna parte.Ver citas anterioresxmigoll escribió: ↑23 Abr 2020 12:44Eso es verdad al igual que el derecho al pataleo cuando te condenan por saltar te la Constitución por los huevos.Ver citas anterioresLogan escribió: ↑23 Abr 2020 12:37Nunca defender un derecho, aún reconocido constitucionalmente, ha salido barato. Pidiéndolo cortésmente o desde el sofá no consigues nada.Ver citas anterioresxmigoll escribió: ↑23 Abr 2020 10:19Escupiendo solamente. Eso ya es una agresión. Y hoy en día es una agresión que le traerá, al que la cometa, consecuencias graves. Nunca una expectoración con o sin moco amarillento, con o sin moco con cuerpo carnoso, con o sin sangre, va a resultar Tan cara .
A unos les sale bien y a otros, lamentablemente, mal.
Eso no justifica agredir a nadie. Y si lo justifica, después debes a tenerte a las consecuencias. Al igual que tú posees el derecho a defender lontuyo, los demás poseen el suyo. Y para evitar esto está precisamente la ley, por muy injusto que nos parezca algo y los jueces para dictaminar si se ha cometido delitos o no.
Ya sabes: "nada es verdad o es mentira, depende el color... "
Logan, ahora estamos en democracia(que es mejorable). Y en democracia las cosas se logran dialogando y no agrediendo al que no esta de acuerdo contigo.Ver citas anterioresLogan escribió: ↑23 Abr 2020 13:03Acatando las leyes aún estaríamos con el código de Hammurabi o pagando el diezmo o con jornadas laborales de 14 horas. Y en todos esos ejemplos con jueces aplicando leyes y dictaminado el delito. La violencia siempre es condenable, pero dejar en la calle un familia o un anciano no parece ser violento ni con el art.47 de la CE de tu lado. Este es el contexto, hablar de agresión y agredido en abstracto no lleva a ninguna parte.Ver citas anterioresxmigoll escribió: ↑23 Abr 2020 12:44Eso es verdad al igual que el derecho al pataleo cuando te condenan por saltar te la Constitución por los huevos.Ver citas anterioresLogan escribió: ↑23 Abr 2020 12:37Nunca defender un derecho, aún reconocido constitucionalmente, ha salido barato. Pidiéndolo cortésmente o desde el sofá no consigues nada.Ver citas anterioresxmigoll escribió: ↑23 Abr 2020 10:19Escupiendo solamente. Eso ya es una agresión. Y hoy en día es una agresión que le traerá, al que la cometa, consecuencias graves. Nunca una expectoración con o sin moco amarillento, con o sin moco con cuerpo carnoso, con o sin sangre, va a resultar Tan cara .
A unos les sale bien y a otros, lamentablemente, mal.
Eso no justifica agredir a nadie. Y si lo justifica, después debes a tenerte a las consecuencias. Al igual que tú posees el derecho a defender lontuyo, los demás poseen el suyo. Y para evitar esto está precisamente la ley, por muy injusto que nos parezca algo y los jueces para dictaminar si se ha cometido delitos o no.
Ya sabes: "nada es verdad o es mentira, depende el color... "
Ver citas anterioresCero07 escribió: ↑23 Abr 2020 13:45 No olvidemos que la sentencia va a ser recurrida ante el Tribunal Supremo y que ha sido condenada por el testimonio de la policía exclusivamente. No hay ningún otro testigo ni documento gráfico que lo corrobore, y aunque los funcionarios públicos tienen, en general, presunción de credibilidad, no es así cuando esos funcionarios son las víctimas del delito que se juzga, como en este caso.
Supongo que querrá decir que no se corresponde. Yo he leído que los denunciantes son cinco y que no hay más testigos ni documentos gráficos de la agresión. Voy a buscar la sentencia.Ver citas anterioreschato escribió: ↑23 Abr 2020 14:46Lo que dices cuentas se corresponde con la realidad. Ha sido condenada con el testimonio de 11 policías que además ha sido corroborado por vídeos, informes forenses y de daños.Ver citas anterioresCero07 escribió: ↑23 Abr 2020 13:45 No olvidemos que la sentencia va a ser recurrida ante el Tribunal Supremo y que ha sido condenada por el testimonio de la policía exclusivamente. No hay ningún otro testigo ni documento gráfico que lo corrobore, y aunque los funcionarios públicos tienen, en general, presunción de credibilidad, no es así cuando esos funcionarios son las víctimas del delito que se juzga, como en este caso.
Cierto. Es el problema de una justicia infrafinanciada(tanto en medios como en personal), que sigue funcionando con papel(apenas esta digitalizada).Ver citas anterioresHadouken escribió: ↑23 Abr 2020 15:05 Agredio a un polica en 2014, hace 6 putos años. No me jodas, asi no se puede funcionar.
Un violador, un asesino, un traficante yo que sé, cometen estos delitos de jovenes, crecen y se arrepienten y les llega el juicio. Se van a rehabilitar en la carcel? Y lo que es peor, años con un delincuente no condenado y la victima sin justicia y los delicuentes por ahi danzando. No sé, yo no lo veo claro.
No encuentro la sentencia. He encontrado esto:Ver citas anterioresCero07 escribió: ↑23 Abr 2020 14:50Supongo que querrá decir que no se corresponde. Yo he leído que los denunciantes son cinco y que no hay más testigos ni documentos gráficos de la agresión. Voy a buscar la sentencia.Ver citas anterioreschato escribió: ↑23 Abr 2020 14:46Lo que dices cuentas se corresponde con la realidad. Ha sido condenada con el testimonio de 11 policías que además ha sido corroborado por vídeos, informes forenses y de daños.Ver citas anterioresCero07 escribió: ↑23 Abr 2020 13:45 No olvidemos que la sentencia va a ser recurrida ante el Tribunal Supremo y que ha sido condenada por el testimonio de la policía exclusivamente. No hay ningún otro testigo ni documento gráfico que lo corrobore, y aunque los funcionarios públicos tienen, en general, presunción de credibilidad, no es así cuando esos funcionarios son las víctimas del delito que se juzga, como en este caso.
http://www.poderjudicial.es/portal/site ... cale=es_ESVer citas anterioresLa Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Madrid ha condenado a la diputada regional Isabel Serra a un año y siete meses de prisión por un delito de atentado, tras considerarla responsable de haber proferido insultos, haber dado empujones y haber arrojado objetos contra miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado durante la protesta contra un desahucio, el 31 de enero de 2014, en el madrileño barrio de Lavapiés.
Los jueces consideran también culpable a la acusada de un delito leve de lesiones, por el que le imponen una pena de multa de cuatro meses, a razón de una cuota diaria de diez euros, y de un delito de daños, por el que la sancionan igualmente a pena de cuatro meses, con la misma cuota diaria.
La Sala absuelve a Isabel Serra del delito de desórdenes públicos que le solicitaba el Ministerio Fiscal, al considerar que no quedó acreditado durante el juicio, pese a la violencia desarrollada y los lesivos resultados provocados, que la intención de los autores de estos actos fuera la de atentar contra la paz pública, presupuesto básico para aplicar esta figura delictiva.
En relación a la responsabilidad civil, Isabel Serra deberá indemnizar a dos policías por las lesiones causadas: a una agente deberá abonarle la cantidad de 4.850 euros y a otro cuatrocientos euros.
Los jueces consideran que en el juicio celebrado en la Sala de Lo Civil y Penal del TSJ de Madrid, debido a la condición de aforada de la acusada, diputada de la Asamblea de Madrid, ha quedado acreditado que Isabel Serra formaba parte del grupo de personas que al término del desahucio increpó e insultó a los agentes de policía destinados a la zona para dar cobertura a la comisión judicial, hasta el punto de obligar a los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado a retroceder para protegerse del aluvión de objetos que les lanzaban e, incluso, verse obligados a salir de un vehículo para evitar que los allí congregados se llevaran algún objeto de su interior, después de que lograran abrir el portón trasero del último furgón de la comitiva policial.
“La acusada -dice la sentencia-, integrándose en los grupos de personas, pues unas veces se encontraba en uno de los cordones y otras veces en el otro, que increpaban, insultaban y acosaban a los agentes, profirió insultos dirigidos a los agentes en general, así como en particular a una agente de Policía Municipal, diciéndole: ‘Eres cocainómana’, ‘mala madre, hija de puta, con todo lo que hemos luchado las mujeres, contigo se pierde todo, no te quieren ni tus propios compañeros’. A otra agente de Policía le dirigió frases como: ‘Hija de puta, puta, zorra; que te follas a todos los policías municipales’. ‘Vergüenza, si fuera tu hijo tendría que cogerte un arma y pegarte un tiro’. La acusada, además de proferir insultos a los agentes, procedió también a dar empujones y lanzar objetos contundentes a los mismos”.
Como consecuencia de estos episodios de violencia, dos agentes de policía municipal resultaron heridos. Uno, tras ser alcanzado con un objeto contundente que le impactó en la mano izquierda, y el otro al recibir el impacto de otro objeto en el casco, lo que le provocó un desvanecimiento y una contractura cervical con mareos y vértigo.
Al afrontar los fundamentos de derecho de este caso, los jueces aclaran que el derecho a la libertad de expresión, así como el derecho de reunión pacífica, “son derechos fundamentales recogidos en nuestra Constitución y sirven como vehículos para canalizar protestas, en principio legítimas, como el caso presente de solidarizarse con una persona desahuciada de la vivienda que ocupa. Ahora bien –añaden-, al igual que otros derechos fundamentales, su ejercicio tiene límites, siendo uno de ellos el que su legítimo ejercicio no puede amparar comportamientos ilegales o castigados por el Código Penal”.
Contra esta sentencia cabe recurso ante el Tribunal Supremo.
Sí, quería decir que no se corresponde.Ver citas anterioresCero07 escribió: ↑23 Abr 2020 14:50Supongo que querrá decir que no se corresponde. Yo he leído que los denunciantes son cinco y que no hay más testigos ni documentos gráficos de la agresión. Voy a buscar la sentencia.Ver citas anterioreschato escribió: ↑23 Abr 2020 14:46Lo que dices cuentas se corresponde con la realidad. Ha sido condenada con el testimonio de 11 policías que además ha sido corroborado por vídeos, informes forenses y de daños.Ver citas anterioresCero07 escribió: ↑23 Abr 2020 13:45 No olvidemos que la sentencia va a ser recurrida ante el Tribunal Supremo y que ha sido condenada por el testimonio de la policía exclusivamente. No hay ningún otro testigo ni documento gráfico que lo corrobore, y aunque los funcionarios públicos tienen, en general, presunción de credibilidad, no es así cuando esos funcionarios son las víctimas del delito que se juzga, como en este caso.
Sí, Edison. Hay gente que tiene sensación de impunidad y que no le puede pasar nada y tias podemitas (no digo que ese este caso) entran bastante en ese perfil. Yo tuve un trabajo como guardia de seguridad que no era guardia de seguridad porque no tenia permiso pero tenia que hacer las funciones de guardia de seguridad y las tias con el perfil de pija ya sea izquierdista o pepera son lo peor y las que mas problemas dan porque simplemente se piensan impunes.
Buenos artículos los de Alberto Olmos.Ver citas anterioresDistinguidoBourdieu escribió: ↑04 May 2020 16:31 Buen artículo sobre el caso de Isabel Serra, quien, como buen miembro de la alta sociedad madrileña, tan dada a las cursilerías, se hace llamar por el ridículo diminutivo “Isa” Serra: “¿Tienes suficiente dinero como para abrirle la cabeza a un policía?” https://blogs.elconfidencial.com/cultur ... o_2569760/
El caso de Isabel Serra, experta en hípica, es, como el de muchos otros miembros de Podemos, un caso de señorito rico que se cree impune. En las agresiones y desprecios contra los policías que recoge la sentencia hay mucho más de desprecio elitista de clase social (los agentes de policía son, a fin de cuentas, trabajadores de ingresos bajos) que de defensa del desahuciado, de quien solamente se sirven como pretexto para dar clases de superioridad moral desde la mansión en Galapagar o desde la finca hípica. Por otro lado, al señorito siempre le han molestado las normas y quien hace cumplir las normas, es decir, los policías, desde el “usted no sabe quien soy” hasta “los fascistas somos los verdaderos anarquistas cuando estamos en el poder” del personaje de Pasolini. Casta de señoritingos, casta de pijos que han resucitado los peores hábitos de la vieja España, los de la ley no va conmigo, la censura a lo que no me gusta y la calle es mía.