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Enxebre escribió:Ver citas anteriores
xmigoll escribió:Ver citas anteriores
blanca escribió:Y ejercer como cajero en el McDonald's, ¿podría?
Pregunta bien sencilla.
Un saludo
Pues mira! a mi personalmente me darían arcadas y seguramente dejaría de consumir productos McDonals,
Pero en España cuando terminan de cumplir la condenan los delincuentes tienen derecho a integrarse en la sociedad,
Espero que por lo menos dejen que cumpla el total de su condena...
Lo siento pero;
SI ,PORDRÍA.
Entonces, ¿qué problema existe en que siga actuando de médico una vez cumplida la pena?
Un saludo
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Pues que ser psiquiatra no es lo mismo que ser informático, del mismo modo que no es buena idea tener a policías ex-convictos

Mi posición está determinada por el hecho de que nuestro sistema penal está orientado, como si duda usted sabe, a la reinserciĺn en nuestra sociedad de aquel o aquellos individuos, que han cumplido la condena impuesta y por lo tanto su deuda con toda la sociedad; no solamente con la víctima o víctimas del delito.
Lo que deseo entender si el término "reinserción" es un vocablo viciado desde el principio y que no hace más alusión wue a la libertad del reo sin otorgarle la posibilidad de continuar su desarrollo en aquello que desea o está formado. Es decir, una libertad dada sin posibilidad de inserción y por lo tanto de reinserción, en una gran mayoría de los casos.
Sinceramente. Entiendo la postura de la Sra. Blanca cuando afirma que no va a volver a contratar de bombero al pirómano. Es de sentido común. Más si no ha conseguido superar su trastorno y/o patologia. Pero entonces, sin entrar en consideraciones más profundas, debemos entender que nuestra sociedad no busca la reinserción del preso per se, si le negamos la posibilidad, una vez cumplida la pena, de poder trabajar en lo que desea o se ha formado. Es en sí mismo una contradicción. Y es a lo que desde un principio quería poner el foco de atención.
¿Entonces qué hacemos? ¿Qué criterios son los que deben prevalecer a la hora de reinsertar a un individuo condenado a x años de prisión?
¿Es permisible permitir al pederasta, por ejemplo, una vez cumplido su castigo y suponiblemente preparado para su reinserción -bajo el criterio del especialista correspondiente- volver a dar clases en un Instituto? Aunque existan signos de que no va a volver a recaer en ese tipo de hábitos.
¿O solamente deben trabajar y desarrollarse en entornos controlados, siguiendo de esta manera con un tipo de encarcelamiento fuera de los edificios destinados a tal uso?
Un saludo
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