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Enxebre escribió:Es que somos unos acomplejados, a esta gente gillotina
Estamos ante el debate de siempre, la justicia como se entiende a día de hoy es rehablitadora y no punitiva, no sé si este etarra arrepentido se arrepiente sinceramente o no, pero lo que sí sé, es que a día de hoy no representa ninguna amenaza para la sociedad, cosa que otro tipo de criminales sí y a quienes se les aplican las mismas leyes y beneficios penitenciarios y les sale "más barato" que 20 años muchas veces
Porque a mí sinceramente me parece más humanitario la inyección letal que la cadena perpetua y sabemos que el problema no es que le caiga 20 o 40 años, eso nunca devolverá las vidas que quitó y por eso ningún castigo será suficiente para causarle el daño que produjo
Así que no veo el problema en que haya pasado "sólo" 20 años en la cárcel, si no va a volver a delinquir
Una pregunta... me parece muy bien eso que dices. Lo apoyo hasta cierto punto porque eso que dices puede crear también situaciónes tremendamente anómalas en cualquier sistema penal.
Imagínate una persona A que, por los motivos que sean, tiene especial inquina u odio hacia otra persona B. A asesina a B. A no es ningún peligro para la sociedad porque su odio sólo se dirigía hacia B, no hacia ningún otro miembro de la sociedad.
Evidentemente, una vez que A ha fallecido, B se puede arrepentir de haber matado a A ("me arrepiendo de haber matado a A") o no, pero, en cualquier caso, está claro que, siguiendo el principio de la justicia no punitiva, sino rehabilitadora, y como B no va a volver a delinquir, a esa persona debería dejársela en libertad porque cualquier pena que se le pudiera imponer sería simplemente punitiva (se le castiga simplemente porque ha matado a A).
Eso pasa en muchísimos crímenes cometidos contra la vida de terceros.
Y esas situciones no casan demasiado bien con una teoría simplemente rehabilitadora.
Es decir, la justicia tiene muchas funciones, no sólo una, ya sea esta la punitiva o la rehabilitadora. También está la función resarcitoria o rehabilitadora. Y también está, y es importante, la función ejemplarizante o disuasoria. Colocar el foco sólo sobre uno de estos aspectos, creo que es un error.
Por otro lado, en el caso de los terroristas con delitos de sangre, especialmente en el caso de estos pistoleros que han asesinado a tanta gente, surge inmediatamente otra pregunta: la justicia, además de ser punitiva, rehabilitadora y lo que se quiera, tiene también un componente resarcitorio. Es decir, la persona que causa un daño a un tercero responde con su patrimonio por los daños cometidos a ese tercero, ya sea beneficiaria la propia víctima o sus herederos, si este ha fallecido ha consecuencia del delito cometido.
Cuando una persona asesina a dos, tres, cuatro, cinco... veinte, ochenta personas, etc. ¿Quién se hace cargo de las correspondientes indemnizaciones? ¿Nos tenemos que hacer cargo los contribuyentes de las indemnizaciones a las ochenta y pico víctimas de Parot o las veinticinco de De Juana así porque sí, mientras sus asesinos no "cotizan"?
Actualmente, hay un fondo para indemnizar a las víctimas del terrorismo, que se nutre con las aportaciones de los impuestos de todos. Pero... ¿qué pasa con el patrimonio que puedan acumular sus asesinos una vez quedan en libertad?