Hoy día internacional contra la violencia de genero.

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Edison
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Re: Hoy día internacional contra la violencia de genero.

Mensaje por Edison »

Cuando los supuestos datos personales son de una menor de edad que ha sido violada, gracia no tiene ninguna.
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Lady_Sith
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Re: Hoy día internacional contra la violencia de genero.

Mensaje por Lady_Sith »

Cuando el partido politico q denuncia se dedica a señalar con nombres y apellidos repetidas veces saltandose lo q denuncian, si, tiene cierta gracia, por la hipocresía q destilan.
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Edison
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Re: Hoy día internacional contra la violencia de genero.

Mensaje por Edison »

¿No tienes vergüenza? En fin, no sé para que lo pregunto. :-o
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Asturkick
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Re: Hoy día internacional contra la violencia de genero.

Mensaje por Asturkick »

La única "valiente" que se atreve a joderles la vida a unos chicos con los que se jactó de tener un affair es ella. Lo que le jodí, en todo caso, fue la coartada de "víctima de violación". Cosa que no fue por mucho que los manginas aliados repitáis como loros. Me alegro que los audios estuviesen rulando por las redes durante un par de días, donde mucha gente se enteró del palo del que iba la niñata esta.
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jordi
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Re: Hoy día internacional contra la violencia de genero.

Mensaje por jordi »

Para loros tenemos a los retrasados de siempre, con usted entre ellos.
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Asturkick
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Re: Hoy día internacional contra la violencia de genero.

Mensaje por Asturkick »

Te equivocas, como siempre. Retrasados son los que acusan sin pruebas. Tú, por ejemplo, que te has atrevido a decir que la chica fue violada, cuando está claro que no lo fue. ¿Qué mujer violada anota en su lista de aventuras sexuales a sus agresores? Otra cosa es que fuera menor y todo el rollo. Por lo cual, vigila que tu tara no empeore, porque estás al límite de recibir una paguita del Estado.
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Avicena
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Re: Hoy día internacional contra la violencia de genero.

Mensaje por Avicena »

No estoy dudando de tu salud mental, estoy remarcando que te estás creando una falacia de hombre de paja monumental, estás afirmando que los defensores de la LIVG defienden un derecho penal de autor cuando no es cierto, ningún jurista contemporáneo en un Estado de Derecho lo defiende y menos un servidor, es que nadie en su sano juicio lo haría, no por mucho repetirlo será verdad.
Veamos el artículo 1 de la LIVG y dime si no le da más importancia a la lesión al orden social que a las características del autor y lo más importante si estás por si solas son suficientes para aplicar la pena.
Dime si no se responde a la transgresión de las normas por parte de los sujetos y si se toma en consideración la vida del autor o los peligros que se esperan de este en el futuro, por una especie de tipología de personalidad peligrosa.
Por cierto a mí me parece que estaría más cerca de esta visión el populismo punitivo en referencia a violadores y pederastas.
"1.La presente ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y la relación de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre estas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellos por relaciones similares de afectividad, aún sin convivencia.
2.Por está ley se establecen medidas de protección integral cuya finalidad es prevenir, sancionar, erradicar está violencia y prestar asistencia a las mujeres, a sus hijos menores y a los menores sujetos a tutela o guarda y custodia, víctimas de esta violencia.
3.La violencia de género a que se refiere la presente Ley comprende todo ACTO de VIOLENCIA FISICA y PSICOLOGICA, incluidas las AGRESIONES a la LIBERTAD SEXUAL, las AMENAZAS, las COACCIONES o la PRIVACION ARBITRARIA de LIBERTAD."
Derecho penal de Acto y no de Autor, por ningún lado lo veo, dime que Tribunal Supremo ha declarado eso.



Menor es una característica de una persona, la diferencia entre características circunstanciales e intrínsecas, como características inherentes de la persona más protegidas por los derechos humanos y menos, te lo acabas de sacar de la manga, el artículo 14 de la CE los protege a todos frente a la discriminación.
"Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer alguna por razón de nacimiento, raza,sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".
En todos esos casos hay discriminación, sea por edad, por sexo, que por cierto hoy en día se puede cambiar el sexo, puede ser algo circunstancial, o cambiar de religión, de ideología o de clase social o un minusválido ser una condición permanente y no circunstancial, con el que naces y mueres y no por ellos son colectivos que tengan que recibir un tratamiento distinto su discriminación.
Todas están igual de protegidas en el Derecho Internacional, que unas te gusten más que se protejan y otras menos es otra cosa. Tú estás diciendo la ley general sobre terrorismo, de la que estoy hablando que es genérica, no me estás contradiciendo, pero luego hay un desarrollo legislativo para cada tipo de terrorismo y esta no puede ser discriminatoria, en el yihadismo se hará un protocolo de actuación contra la captación por Internet, sobre la prevención de la radicalización por parte de imanes, en ningún caso se detendrá a nadie por ser musulmán, vasco u hombre.
La violencia de género es una violencia que ocurre en el ámbito de las parejas, es un hecho, no tiene nada que ver con derecho penal de autor, digas lo que digas, sino que obviarlo supone la desmantelación de dicha ley, un planteamiento peligroso.
Y como manifestación de una situación social de desigualdad entre hombre y mujer, tiene que ser autor el hombre y víctima la mujer, no basta con que sea el autor el hombre, no intentes tergiversar dicha ley como discriminatorio contra el hombre, cuando no lo es.

La LIVG no es una ley únicamente penal, es integral, transversal.
Y las leyes penales también los desarrollan los parlamentos y tienen una función transformadora de la sociedad, las leyes deben de estar coordinadas entre sí.
Se está cepillando el principio de igualdad entre las personas, los derechos humanos, cuando el Estado no hace nada y es cómplice de una situación horrorosa, como la violencia de género,no cuando legisla para evitar eso, de acuerdo con las directrices internacionales.
Se respeta el principio de presunción de inocencia y lo que son conquistas de la civilización y de la democracia actual, son las leyes y políticas de género y cuestionarlo me parece peligroso.
Léeme bien,. no he dicho que sólo deba buscar eso, sino que es su finalidad, lo que no significa que el fin justifica los medios.
Es como la medicina, tiene que curar, eso significa que el fin justifica los medios, pero está para eso, esa es su función.
Estás planteando una falacia de falso dilema como un pino.
Ya te he dicho arriba que no, si o si, significa que no podemos mirar para otro lado y debemos de solucionarlo, es una mitad de la población maltratada, perseguida y matada.
La LIVG, es contra todo tipo de violencia, es verdad que su culminación es por desgracia el asesinato.
Pero tú análisis es muy superficial frente a un fenómeno muy complejo.
España es un país con poca tasa de homicidios y hace más preocupante aún que la violencia de género se lleve tanto del pastel.
Pero lo cierto es que se ha bajado, que en otros apartados lo hagan bien, no significa que en este caso actúe mal.
Te voy a poner un ejemplo, comparar los homicidios por violencia de género de un país como España, con otro como Marruecos, puede ser engañoso y dar un imagen de que la sociedad española es más machista y violenta.
Pero lo cierto es que en las sociedades más conservadoras, el hombre ejerce más violencia económica, psicológica, sexual, sobre la mujer y estás al estar desamparadas son víctimas silenciadas y silenciosas.
Es cuando hay un proceso de emancipación y empoderamiento de la mujer, que se rebelan contra el rol que estás deberían de ocupar para los machistas, cuando estos reaccionan agraviados, ante lo que consideran una inversión del orden social y no pueden controlarlas cuando recurren más a la violencia física y cuando se separan o están en proceso de separación cuando llegan a matarla, aunque parezca extraño es cuando se avanza en los derechos de la mujer cuando hay un repunte de los homicidios.
Vuelvo a repetirte que no hay derecho penal de autor

Que no has entendido, existe una ley genérica contra el racismo y luego se desarrolla legislaciones específicas a partir de dicha ley genérica.
Ya te he dicho que según el artículo 14, un artículo fundamental, parte de nuestra legislación, se castiga la discriminación racial y siempre puedes hacer un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional si se vulnera dichos derechos, es más se puede hacer un recurso de inconstitucionalidad ante unas leyes que puedan violar la CE, por el principio de jerarquía, que lo proponga Vox, frente a la LIVG, a ver qué recorrido tiene.
Si existe un caso de racismo particular arraigado en dicha sociedad y ese colectivo discriminado es más vulnerable, estoy de acuerdo en legislaciones específicas que los protejan y no supone discriminación alguna porque no se enumere todos los colectivos, porque no es genérica, es especifica.
Toda discriminación es un delito, en un Estado de Derecho como España, el hecho de que se haga una ley específica como la LIVG, no vulnera dichos principios.
Voy a obviar las citas en las que sigues repitiendo que dicha ley e derecho penal de autor, porque no lo es y ya lo explico arriba y sería reiterarme, solo decirte que yo no me adhiero a ninguna leyenda negra, jajaja.






De feministas tienen poco, pero si estás están diciendo precisamente que el derecho penal sólo tiene una función represiva y en ningún caso una función social. Es que la jurisprudencia no se usa para dos casos identicos, a ver cuándo se repiten dos casos en la vida real, en aquellas situaciones análogas que se ha sentado una doctrina por el Tribunal Supremo, se siguen en lo referente a los hechos análogos unicamente, es así, cuando son varios hombres que mediante su presencia física se imponen sobre una chica y esta no da su consentimiento explícito, entendemos que hay un ambiente intimidatorio, es considerado una agresión, hay intimidación, no hay prevalencia.
Las circunstancias pueden variar, pero si en lo esencial se cumplen estos hechos, se debe seguir, las sentencias no pueden ser contradictorias. Según los hechos probados, esta habría quedado en dicho piso con uno solo de los acusados para hacer una actividad juntos, no lo recuerdo ahora, pero sí que fue amistosa y podría querer practicar sexo con este, nada más, lo de que quería practicar una orgía, no se ha demostrado, ese es un relato popular y en ningún caso los testimonios de la defensa y los acusados han afirmado eso.
Vamos, eso es inventarse los hechos.
Ese mito surgió a partir de un WhatsApp que se intentó utilizar como prueba, pero fue desestimado, según la versión de acusado y defensa, lo que se decía era en broma y los peritos psicológos no se lo toman en serio y lo más importante ni siquiera lo que se dice en ello se puede considerar ningún acuerdo previo aunque este reproducido en un medio más formal, porque este dice una boutade y esta se ríe, nada más.
De todos modos, aunque hubiera un acuerdo previo, en el momento en que cambie de opinión y las prácticas sexuales no son consentidas, estamos ante sexo forzado.
Que no es este caso, en ningún momento ni planeó ni acepto sexo grupal. Estamos buenos si lo que único que puede demostrar una violación, es una grabación y aún así se llegue a cuestionar.
En este caso, la chica lo paso mal, cuando entro, se apagaron las luces y salieron otros dos chicos escondidos, obligándole a hacer determinadas prácticas sexuales sin mediar consentimiento, la chica quedó afectada y se sintió mal, así se lo relató a su ambiente más cercano, los estudios psicológicos de los peritos forenses corroboraron que ese trauma fue real, que no se lo inventó, que estuvo en un estado de shock y no supo reaccionar.
No había ninguna animadversión de la victima previa ante los chicos, más bien al contrario y las acusaciones concuerdan con como fue transcurriendo los hechos hasta el día del juicio.
Se ha desestimado como prueba, el que haya un WhatsApp en la que la víctima increpaba a los violadores y les amenazaba con inventarse cosas.
Esto puede entenderse como propio de una persona inmadura, pero en ningún caso se entiende como una prueba de que se ha realizado una denuncia falsa.
Una denuncia falsa es algo planificado, si de verdad pretendiese hacerlo, relataria los hechos de manera congruente entre los conocidos, el hecho de que entre un ambiente íntimo y de confianza diga que no quería y en otros afirme que lo hizo voluntariamente, refuerza los hechos esenciales como prueba, hubo sexo grupal.
Si te inventas cosas, va cambiando con el tiempo cierta parte de los relatos, pero hay algo que ha quedado fijado antes aún de plantearse la denuncia, que por cierto fue hecho por los padres al enterarse de lo sucedido.
Esto, junto con un relato posterior de forma jocosa por los tres acusados de un incidente sexual parecido al denunciado, el hecho de que en el momento de la violación, los tres no usasen el WhatsApp, cuando lo usaban cotidianamente, estaban como desaparecidos.
Refuerza el testimonio de la víctima, hubo sexo grupal, en casa de un desconocido y no hubo consentimiento alguno.
Ella practicó sexo con otras personas y justo con esta práctica sexual manifiesta ante su ambiente íntimo, que no fue consentido ni deseado.
La valoración personal y subjetiva de la víctima es instranscente ante las pruebas y la congruencia de los testimonios. Las pruebas recogidos son congruentes con el testimonio de la víctima y entre las pruebas se incluyen lo relatado por la chica de dichos hechos antes de judicializarse, que sean contradictorias en algunos casos no quita consistencia al testimonio, es más se lo da, sería muy raro que todo lo que relatase a sus conocidos fuese igual, lo mismo a un compañero de clase que a su hermana o su amiga íntima, o sus padres, si es congruente con el ambiente social, la personalidad psicológica de la víctima, el testimonio de su entorno y los WhatsApp pueden ser muy útiles, si se sabe analizar.
No veo fines espureos por ningún lado, es que si de verdad fuese un problema de imagen pública el sexo grupal y le interesase que no se admitiese que lo realizó voluntariamente, porque lo difunde previamente???, no es más congruente que lo que manifestó a su gente de confianza, que no quería practicar dicho sexo sea cierto.
No se sostiene por ninguna parte que ocultase dicho sexo los acusados para que no lo acusasen de abuso, si uno de los protagonistas realiza un acercamiento sin tapujos con la chica para practicar sexo, sabiéndo que era menor de edad, es cuando se judicializa que reaccionan, sabían que lo que hacían estaba mal, no porque era menor, sino porque fue sexo forzado.
Para mí, con las pruebas que hay no hay una duda razonable y las que seguro que se me escaparán a mi.
Son unos depredadores sexuales que forzaron a la chica a realizar sus fantasías sexuales sin su consentimiento. A ver, yo creo que le pusieron muchos agravantes y en una apelación se le puede reducir la pena.
Pero, para mí es claro que es una agresión sexual, tal como se relata en el auto, me parece que tienen muchas pruebas, me parece que fueron garantístas al menos en la acusación de agresión sexual, es que joder, a ver quién le dice no a tres maromos que aparecen de la nada.
Lo siento también por extenderme, intenté ser breve, no pasa nada por el hecho de que no coincidamos en estos asuntos.
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Quien con monstruos lucha cuide de convertirse a su vez en monstruo. Cuando miras largo tiempo a un abismo, el abismo también mira dentro de ti.
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jordi
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Re: Hoy día internacional contra la violencia de genero.

Mensaje por jordi »

No, retrasados son ustedes, los que violan en grupo a menores para después buscar las más patéticas excusas para justificar sus crímenes.

Si es que llevaba minifalda y tal....
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Lady_Sith
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Re: Hoy día internacional contra la violencia de genero.

Mensaje por Lady_Sith »

los videos q subieron entre otros, Irene Montero, no los grabé yo.
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Re: Hoy día internacional contra la violencia de genero.

Mensaje por Belenguer »

Hay que ver la de tonterías que se pueden leer por estos foros.
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Edison
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Re: Hoy día internacional contra la violencia de genero.

Mensaje por Edison »

Se estaba hablando de la violación en grupo de una menor y tú sales con chorradas. No tienes vergüenza.
laurie
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Re: Hoy día internacional contra la violencia de genero.

Mensaje por laurie »

no son tonterías, son exageraciones necesarias para qe tipos como usted se enteren de algo, na un pelín...

para estos casos la respuesta a "difámalas qe algo qeda" es "exagera qe algo qeda" or "exagera para qe los qe padecen estulticia se enteren"
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SanTelmo
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Re: Hoy día internacional contra la violencia de genero.

Mensaje por SanTelmo »

Si tienes la mano suelta córtatela pero a mí no me metas en tus estadísticas inventadas.
Belenguer
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Re: Hoy día internacional contra la violencia de genero.

Mensaje por Belenguer »

O sea, que mueren cincuenta personas de 25 millones y, para "entender" la magnitud real del problema hay que contarlo como si fuese el Ejército Rojo entrando en Berlín... Tal vez podríamos decir, para entender la problemática judía, que los judíos nos están envenenando los pozos de agua y haciendo sacrificios rituales con nuestros niños, para que usted entienda la magnitud del problema que tiene el mundo con los judíos.
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Asturkick
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Re: Hoy día internacional contra la violencia de genero.

Mensaje por Asturkick »

En primer lugar, yo en mi vida he hecho nada parecido. Y, en segundo lugar, das por buena la 4ª versión de la supuesta víctima sin pruebas que acrediten lo que aseguras. Simplemente, te basas en su palabra. Eso, señor mío, es de retrasados.
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Re: Hoy día internacional contra la violencia de genero.

Mensaje por Belenguer »

Tal vez debería reconsiderar el hecho de responder a gente como Jordi o el otro, el de la clerigalla, es perder el tiempo.
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Lady_Sith
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Re: Hoy día internacional contra la violencia de genero.

Mensaje por Lady_Sith »

La ley de protección de datos no es una chorrada.
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Re: Hoy día internacional contra la violencia de genero.

Mensaje por Roronoa Zoro »

Y tanto. Ya que en un juicio lo mas importante no son los testimonios sino las pruebas(sangre,huellas,semen,...). Ya lo decía el personaje Gil grissom de la serie Csi: Las personas pueden mentir mientras que las pruebas solo pueden decir la verdad(evidentemente hay que saber interpretar dichas pruebas). Que gran verdad. Ya que con las pruebas pueden saber si han sido puestas de manera intencionada(para inculpar a alguien), quien o quienes las han puesto, en que contexto,etc.

En cambio si se considera el testimonio de la supuesta victima como una verdad indudable aunque cambie de testimonio en mas de una ocasión, pues la justicia perderia su imparcialidad y ya no habria justicia.
Última edición por Roronoa Zoro el 31 Dic 2019 00:37, editado 1 vez en total.
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Re: Hoy día internacional contra la violencia de genero.

Mensaje por laurie »

sí, ahora haremos magia con los numeritos, las comparaciones absurdas... y qé más tiene para ofrecer con tal de... yo qé sé qé pretende, pero qe pretende algo esta claro, usted sabrá.
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gálvez
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Re: Hoy día internacional contra la violencia de genero.

Mensaje por gálvez »

Yo no me estoy creando ningún hombre de paja. Estoy basando mi opinión en una argumentación, y en la de muchos juristas que opinan que se incurre en derecho penal de autor.
Y repito, te he argumentado porqué...no es anlgo que base en la repetición, sino en la argumentación.

Claro que prima mas las características del autor que el hecho punitivo. Porque la sentencia del supremo deja meridianamente claro que el hecho punitivo se basa en las caracerísticas del sujeto, no en las motivaciones o características del hecho en si.No importa que el acto sancionado cómo VG sea realmente una agresión machista o no...lo que importa es que sea una agresión de un hombre pareja o expareja de la agredida.Da igual el hecho, importa mas el perfil del autor a la hora de determinar el tipo del delito.

EL derecho penal de autor también busca perseguir la lesión del orden social.....la diferencia con el del acto es la importancia que le de al acto en si a la hora de determinar un delito o la importancia que se le de al sujeto a la hora de determinarlo.En el caso de la citada sentencia está meridianamente claro....no importa que la agresión fuese fruto de un acto defensivo y en un contexto absolutamente ajeno a motivacioens machistas...importó para ser declarado culpable de VG que fuese un tio abofeteando a su pareja....No considera una agresión machista un acto con características tal o cual...sino un acto protagonizado por un sujeto tal y cual.
El apatado uno , aplicado en literalidad es derecho penal de autor (y la jurisprudencia lo ha aplicado en su literalidad) LA definición habla de que la violencia que ejerce un hombre sobre su pareja o expareja es violencia machista....sin mas matices.

Si lo confrontas con las definiciones que te he traido de derecho penal de autor.

Derecho penal del hecho (del acto) es una regulación legal en virtud de la cual la punibilidad se vincula a una acción concreta descrita típicamente (o a lo sumo a varias acciones de ese tipo) y la sanción representa sólo la respuesta al hecho individual, y no a toda la conducción de la vida del autor o a los peligros que en el futuro se esperan del mismo[4]. Es decir, el delincuente responde única y exclusivamente por la trasgresión a la norma que ha cometido, o dicho de otro modo, responde por el delito que ha perpetrado, y no por su grado de personalidad peligrosa.

Es decir, la VG se define cómo la vioelncia del hombre sobre mujeres parejas o exparejas en base a unas características que según la ley se generalizan sobre todos los hombres, es decir, sería intrínseco. Unas relaciones de poder, discriminación, una relación de poder, genérica...de los hombres osbre las mujeres......no a un hecho individual concreto cómo sería el derecho penal del acto....
Que claro que se juzga un acto concreto.....pero lo que determina la tipìficación del delito, no es el analisis del acto en si (si la pelea que tuvieron ese señor y su pareja en la puerta del bar fue en base a motivaciones machistas o no)....las simples características de los actores ya determinaba el tipo de delito y por tanto la pena.



:facepalm: No me lo he sacado de la manga...sino del mero sentido común.
Fijate los ejemplos que cita....raza, sexo, religión, ideología.....
De ser la edad una característica definitoria del individuo estaríamos discriminando a los menores de edad a la hora de no poder ejercer el voto.
Tu no puedes impedirle a un negro que cumpla los requisitos que vote...pero si se lo puedes prohibir a un menor. Porque la edad no es un característica intrínseca.,...TODAS LAS PERSONAS INDEPENDIENTEMENTE DE SEXO, IDEOLOGÍA, RAZA O RELIGIÓN HAN SIDO MENORES
Si se considerase a la edad cómo una característica intrínseca del individuo el impedirle el voto a un menor sería una violación constitucional.




Puedes cambiar de sexo o de religión o de ideología.....pero son cuestiones intrinsecas y voluntarias del individuo, no forzadas por terceros contra su voluntad.El forzar a alguien a hacerlo, o poner condiciones que lo induzcan serían actos discriminatorios.
La minusvalía por ejemplo no suele ser un acto voluntario, sino circunstancial . No conozco a nadie que se haya querido quedar minusválido por una cuestión identitaria.

No se puede comparar una minusvalía con una ideología o una religión....lo primero no es una opción personal, sino sobrevenida
Podrías decir que la raza por ejemplo es sobrevenida...cierto.....pero las medidas favorables a los minusválidos no serían discriminatorias para nadie, porque nadie está libre de ser minusválido mañana....por lo cual no existe ninguna discriminación para ningún tipo humano.
Nadie te garantiza que tu mañana no puedas ser minusválido y por tanto beneficiarte de sus ventajas sociales....pero seguro que mañana no vas a despertate siendo negro.

Todos hemos sido menores, todos potencialmente podemos ser minusválidos.....por lo tal las medidas de protección a estos colectivos nos afectan o potencialmente nos pueden afectar a cualquier persona de cualquier característica o pensamiento.No existe discriminación alguna cuando algo nos afecta a todos o nos puede afectar a todos.¿Es discriminatoria la prestación de desempleo?No...porque nadie nos garantiza que mañana no deba uno de recurrir a ella. Con la minusvalía igual.
Lo que dices es sencillamente FALSO. Supongo que será por ignorancia, pero mientes.

¿Dime en que artículo de la ley sobre terrorismo en España se discrimina por perfiles del terrorista?
En ninguna.
Una cosa es que se legisle pensando en detemrinados tipos de terrroismo,.,.,,pero la redacción de la ley no hace distinciones por perfiles de autor.Tu estás haciendo referencia al tema de la persecución por autoadoctrinamiento, que es el siguiente...

Artículo 575.
1. Será castigado con la pena de prisión de dos a cinco años quien, con la finalidad de capacitarse para llevar a cabo cualquiera de los delitos tipificados en este Capítulo, reciba adoctrinamiento o adiestramiento militar o de combate, o en técnicas de desarrollo de armas químicas o biológicas, de elaboración o preparación de sustancias o aparatos explosivos, inflamables, incendiarios o asfixiantes, o específicamente destinados a facilitar la comisión de alguna de tales infracciones.

2. Con la misma pena se castigará a quien, con la misma finalidad de capacitarse para cometer alguno de los delitos tipificados en este Capítulo, lleve a cabo por sí mismo cualquiera de las actividades previstas en el apartado anterior.

Se entenderá que comete este delito quien, con tal finalidad, acceda de manera habitual a uno o varios servicios de comunicación accesibles al público en línea o contenidos accesibles a través de internet o de un servicio de comunicaciones electrónicas cuyos contenidos estén dirigidos o resulten idóneos para incitar a la incorporación a una organización o grupo terrorista, o a colaborar con cualquiera de ellos o en sus fines. Los hechos se entenderán cometidos en España cuando se acceda a los contenidos desde el territorio español.

Asimismo se entenderá que comete este delito quien, con la misma finalidad, adquiera o tenga en su poder documentos que estén dirigidos o, por su contenido, resulten idóneos para incitar a la incorporación a una organización o grupo terrorista o a colaborar con cualquiera de ellos o en sus fines.



¿Puedes decirme donde dice aquí que se perseguirá a un moro yihadista y no a un terrorista abertzale, de extrema izquierda o a unos hipotéticos terroristas secesionistas catalanes?
No lo dice en ningún sitio....habla de un acto en concreto, autoadoctrinarse ideológicamente de ideologías chungas, pero no discrimina por tipologías humanas.No habla de perfiles de "autores"
Esa modificación legal (que por cierto es un muy buen ejemplo de populismo punitivo ) es otra barbaridad de la que no somos conscientes de sus consecuencias, pero al menos en ningún momento discrimina a nadie.Ni es derecho penal de autor



Tu dogmatismo ideológico te impide aceptar cualquier tipo de crítica.....es una verdad verdadera....si la realidad te desmiente, es que la realidad está equivocada. :facepalm:

1)Nadie niega que exista la violencia de géenro, ni que esta se de en el seno de las parejas.Lo que YO niego es que todo tipo de violencia que pueda darse en una pareja sea necesariamente violencia de género.
¿Si tu te echas una pareja tipo Rocio Monasterio, es decir simpatizante de VOX, discutís sobre feminismo , tu defendiçendolo y ella atacándolo, y al final ella te agrede al grito de feminista de mierda, tu le respondes .....¿eres un agresor machista??
El dogmatismo de la ley en su definición en base a características humanas de victima y victimario es tan rígido que se dan casos donde chirrían ante muchas casuisticas.

2)Repetiré las veces que sea necesario lo de derecho penal de autor, proque es que lo pienso y argumento , cómo he hecho mas arriba.

3)La parte que mas me preocupa de lo que dices, es tu preocupación de que si se obvia la definición que critico cómo rígida se estaría desvirtuando al ley,,,,,,y que eso desmantelaría la ley, la desvirtuaría.... :facepalm: Puro dogmatismo de concilio Trentico.

¿podrías decirme donde estaría el problema para las victimas de VG si se hace una definición donde su condición de víctima se defina en base a las motivaciones de la misma y no en base a características del agresor y la agredida?

Si se mantiene el planteamiento integral de la ley, sus protocolos, ayudas etc, etc...¿donde está el problema?¿En rectificar un dogma ideológico?
¿Tu no verías mas justo una ley donde el caso ese de la pelea de la pareja citada o el del hombre que aplicó la autanasia no fuesen considerados agresores machistas y sin embargo la Nadia esa que se encaró con Ortega Smith que fu herida defendiendo a su hermana de la violecnia machista si fuera considerada vcitima de violencia machista?
Pues eso es lo que yo propongo perosin mbargo tu lo ves "Peligroso"

¿Puedes explicarme porqué?

¿porqué ves lo justo y racional cómo peligroso?







Bien...precisamente yo no critico (sino por contra he alabado) su caracter integral y sus protolos transversales.Critico su enfoque penal
La política penal no es ni remotamente el instrumento mas adecuado para conseguir igualdad social.Porque es un instrumento básicamente represivo, y el intentar lograr la igualdad basándose en una descompenasación del trato penal, es una aberración. Es institucionalizar la injusticia cómo camino para encontrar la jusitcia ...y eso es un despropósito.
La desigualdad social es cuestión de legislación social, no penal.
Mas falso que un billete de 7 euros.
Primero falacia de falso dilema. No hacer nada no es sinónimo de aceptar unas premisas de mierda . Es decir tu plantemiento es "O esta ley , o la inacción" y es falso y demagógico. Existen opciones de otras leyes que puedan luchar tan o mas eficientemente contra un problema.
Es afirmar que tu camino es el único camino.El mismo dogma falaz de los neoliberales en economía lo estás aplicando tu ahora mismo.


Segunda. Las directrices internacionales no van en el sentido que tu dices. De hecho la definición de violencia de géenro de la ley no se corresponde copn la definición de vioelncia de género de la ONU o la UE. Esta definción sería la violencia contra alguien por cuestión de género.(incluiría la violencia contra hombres, aun reconociendo su caracter minoritario)

Tercero. En todo caso el que se cepilla el principio de igualdad contra las personas sería la ley de marras introduciendo el derecho penal de autor.Que a dos personas por los mimsos actos le caigan penas diferentes is que es cepillarse la igualdad entre las personas.



Falacia Argumento circular....lo que yo digo es el bien porque es el bien....
Yo te he argumentado los aspectos negativos de la ley....sin embargo tu no vas mas allá de un juicio moral y dogmático. Lo que yo digo es el bien absoluto proque sí.Y cualquier crítica , aunque sea constructiva solo puede venir desde el mal absoluto.
Deberías de repasar lo que es una falacia de falso dilema :facepalm:
Todo el mundo hace una ley pensando desde su optica que sea eficaz.Si aduces a las críticas a la misma que la ley es eficaz, estás diciendo que la eficacia de la ley justifica asumir las críticas que se le hacen. POr eso hablo lo del fin y los medios.
Ves....esto si es falacia de falso dilema.

Criticar una ley NO SIGNIFICA QUE SE ESTÉ A FAVOR DE NO HACER NADA
Es cómo criticar una ley antiterrorista que vulnere los DDHH, tipo nos montamos un Guantanamo , y la respuesta a eso sea "No se deeb de mirar para otro lado ante los terroristas"

Exactamente lo mismo, Avicena.Recurres a exactamente esa falacia. Falso dilema.

Lo que yo digo es que el resto de homicidios ha descendido mucho mas que los de VG...y no ha sido necesario hacer leyes discriminatorias, ni de derecho penal de autor.....
Ergo es una falacia de falso dilema afirmar que o se hace tal cómo se plantea en la LIVG o morirán mujeres a mansalva,
Quiere decir que a lo mejor se puede luchar contra esa lacra, sin necesidad de introducir tanta ingenieria social en el CP-

Y las causas del resto de homicidios también son muy , pero que muy complejas socialmente.... y el caso es que han descendido sin forzar tanto las cosas.Que a lo mejor existen otras opciones y se puede luchar contra la VG sin necesidad de ingenieria social ni retorcer el derecho o yendo tan al límite del mismo.
Buff

De entrada comparar estadísticas entre España y Marruecos es complicado ya que creo en Marruecos no se computan las victimas de VG....Pero vamos entiendo que lo que dices es un ejemplo. No importa
Lo que me parece importante/preocupante es que me digas que es ASUMIBLE un repunte en las muertes de mujeres si con ello se logra un mayor empoderamiento de la mujer :-o :-o :-o
Me parece un argumento un poco gore para poner paños calientes a unas cifras no muy brillantes en el aspecto de número de muertes.No es que la ley no sea tan eficaz cómo se presume al menos en el apartado de homicidios....es que parece deducirte que es asumible en base a que se promueve un mayor emporderamiento.
Yo entendía que el tema iba de evitar muertes de mujeres...si no se logra, el tema va de empoderar aunque mueran muchas
Planteamiento cuadno menos perturbador. Y yo que si.....al menos yo te lo digo acompañado de argumentos.


¿Deonde está esa legislación de la que hablas?¿podrías al menos citarmela?

Te lo digo vayas a estar hablando sin saber deltema cómo ya me has demostrado en el asunto del terrorismo , donde no existe legislación específica según que tipo de terrorista.



Repito, dime donde existen esas leyes de racismo específico, que no las conozco.....
Solo tienes que traerme los artículos del CP de la legislación española donde se tipifique eso diferenciando entre razas.

Lo tienes muy fácil...solo mostrarlo y entonces tienes razón.

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FIN DE LA PARTE i


Cómo se hace un post inmenso , en esta primera parte te respondo a cuestiones sobre la LIVG y las cuestiones en la que discrepo, y en lo que pienso podrían mejorar

En la segunda parte hablamos de la sentencia en concreto de la Arandina


saludos
Última edición por gálvez el 31 Dic 2019 04:46, editado 1 vez en total.
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